Formulan cargos al excontralor de Antioquia y al exgerente del Hospital La María de Medellín

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La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al excontralor General de Antioquia, Sergio Zuluaga Peña, y al exgerente de la ESE Hospital La María de Medellín, William Marulanda Tobón, por presunto incumplimiento de sus deberes.

El órgano de control formuló dos cargos al gerente del hospital, el primero por presuntamente no ejercer la vigilancia y control que le correspondía en la ESE Hospital La María y permitir que se cobraran por costos hospitalarios tarifas por debajo de los estándares establecidos, a particulares a los que consideraban especiales, generando privilegios no concedidos por la normativa vigente y no autorizados por la junta directiva del hospital; situación que ocurrió en diversos casos incluyendo la liposucción realizada al entonces contralor de Antioquia, el 16 de abril de 2016, aparentemente a menor costo del cobrado para dicho procedimiento.

En el segundo cargo la Procuraduría reprochó al disciplinado por omitir intencionalmente el ejercicio de sus funciones como gerente y permitir que en el año 2016 se realizarán intervenciones quirúrgicas con costos inferiores a los usuales a personas que fueron recomendadas por él mismo, o por el subgerente del hospital; realizando de esta forma una conducta prevista en la ley como delito, ya que conforme a lo establecido en el artículo 414 de la ley 599 de 2000, “el servidor público que omita un acto propio de sus funciones, incurrirá en prevaricato por omisión”.

Según el material probatorio recaudado por el Ministerio Público la conducta anterior se cometió en los casos de algunos familiares del disciplinado y del mismo contralor, al realizarse intervenciones estéticas los días 15 de noviembre de 2015, 20 de enero de 2016, 4 de marzo de 2016, y 16 de abril de 2016, a valores menores, al parecer, afectando el erario público por tratarse del manejo de recursos públicos de la salud.

Para el Ministerio Público el exgerente pudo vulnerar los principios de responsabilidad, moralidad e igualdad, y omitir ejercer su deber de vigilancia y control sobre las funciones esenciales de la entidad.

La Procuraduría calificó la primera conducta del exgerente como grave a título de dolo, y la segunda como gravísima a título de dolo.

Para el caso de Zuluaga Peña, la Procuraduría cuestionó una presunta falta disciplinaria por obtener beneficios adicionales a las contraprestaciones legales a las que tenía derecho, por cuanto presuntamente obtuvo tarifas especiales y más bajas a las habituales para la operación en una entidad que era auditada por la Contraloría Departamental.

De acuerdo con el órgano de control el excontralor pudo trasgredir el principio de moralidad pública, teniendo en cuenta que los servidores están obligados a actuar con rectitud, lealtad y honestidad, de esta manera, calificó provisionalmente la presunta falta como grave a título de culpa gravísima.