Funcionarios no pueden negar acceso a información pública por capricho: Procurador

FECHA:

El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, hizo un llamado de cero tolerancia a la cultura del secreto en el sector público frente a documentos que no están cobijados por la reserva prevista en la Constitución y la ley, y aún más frente a información relacionada con las políticas que buscan enfrentar los efectos del covid-19.

“La opacidad es el peor enemigo de la buena gestión en una crisis y es por eso que hemos sido insistentes en el llamado a promover la transparencia en la gestión, garantizando así el derecho fundamental de los ciudadanos a la información veraz y oportuna, y facilitando además el control y la veeduría de la sociedad civil y el fortalecimiento de los valores democráticos».

Como lo ha reiterado la Procuraduría, el acceso a la información pública es un derecho fundamental protegido por la Constitución y, según el artículo 4 la Ley Estatutaria 1712 de 2014, solo puede ser restringido de manera excepcional y bajo una interpretación restrictiva, siempre que se trate de las excepciones que de manera explícita señalan la ley y la Constitución.

“Los funcionarios no pueden invertarse reservas sobre documentos públicos de interés ciudadano, ni pueden negar el acceso a la información pública por capricho o razones vagas y abstractas que no estén señaladas de manera expresa y clara en el ordenamiento legal”.

En todos los casos, la negativa de una solicitud de información debe hacerse de forma motivada y escrita, sustentando la fuente legal que consagre la eventual excepción al principio de máxima publicidad que rige la actuación pública.

La Corte Constitucional, en sentencia C-274 de 2013, reafirmó que la limitación del acceso a la información pública es una excepción que solo procede en los casos señalados en por la Carta Política y el ordenamiento legal, conforme a los principios de proporcionalidad y necesidad.

Recordó que la Directiva 16 de 2020 es un llamado a los funcionarios públicos a garantizar la transparencia y la publicidad en la contratación directa para atender la emergencia generada por el covid-19, y a condenar que su aplicación pueda ser vista como una oportunidad para violar los principios de transparencia, publicidad y selección objetiva, que deben mantenerse incólumes.

COMPARTIR NOTICIA:

Síguenos en redes

145,000FansMe gusta
3,100SeguidoresSeguir
20,100SeguidoresSeguir
21,388SeguidoresSeguir
21,600SuscriptoresSuscribirte

Muro de Facebook

Popular

Más Noticias

Japón pone en marcha un sistema de alerta meteorológica para prevenir las muertes por calor

Tokio, 24 abr - El Ministerio de Medioambiente de...

Edinson Cavani no viaja a Brasil y deja a Boca sin su máximo goleador para la Sudamericana

Buenos Aires, 24 abr- El uruguayo Edinson Cavani se...

Carlos Tevez recibirá el alta y regresará el jueves a los entrenamientos de Independiente

Buenos Aires, 24 abr - El entrenador del Independiente...

35 % aumentó el registro de inscritos para Expoartesano 2024

Se postularon 258 personas más que el año anterior. Los...