A Wilder Emilio Bustacara Jaimes lo asesinaron en el billar ‘La Cachetona’ en Girón. Se había salvado de dos atentados.
SANTANDER, COLOMBIA (10 NOV 2024) – Un hombre identificado como Wilder Emilio Bustacara Jaimes fue asesinado en un ataque perpetrado dentro del billar “La Cachetona” en el barrio La Esmeralda, Girón, la noche del sábado. El crimen ocurrió a las 8:40 p.m., cuando un sicario, que se desplazaba como pasajero en una motocicleta, descendió del vehículo y le disparó en cinco ocasiones. Según testigos, Bustacara estaba acompañado de su novia al momento del ataque, quien presenció el suceso sin poder intervenir.
Reporta el medio informativo Vanguardia. El agresor primero impactó la pierna derecha de la víctima, lo que le impidió moverse o buscar refugio. Acto seguido, disparó contra su cabeza, cuello, tórax y antebrazo derecho. La pareja de Bustacara reaccionó de inmediato, trasladándolo en estado crítico a un centro de salud en Girón. Debido a la gravedad de sus heridas, los médicos decidieron remitirlo al Hospital Universitario de Santander; sin embargo, finalmente fue transferido al Hospital Internacional de Colombia (HIC), donde falleció en la madrugada del domingo.
Las investigaciones policiales indican que el atentado podría estar relacionado con conflictos personales, posiblemente por la disputa de terrenos, aunque no se descarta un ajuste de cuentas. La Policía Metropolitana de Bucaramanga reportó que Bustacara Jaimes tenía antecedentes judiciales por los delitos de hurto calificado (2015 y 2016), fuga de presos (2019) y lesiones personales (2022).
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.