La víctima fue apuñalada sin mediar palabra por un hombre que descendió de un vehículo y luego huyó
RISARALDA, COLOMBIA. (4 JUN 2025) – Como Faunier Guarumo Trejos, de 40 años de edad, fue identificado el hombre que murió tras recibir una puñalada en plena vía pública en el centro de Pereira. El crimen ocurrió en la madrugada del sábado 1 de junio, sobre las 12:45 a.m., en la avenida Ferrocarril con carrera 12, cuando la víctima caminaba por el sector y fue interceptada por su agresor.
De acuerdo con lo informado por Q’hubo Pereira. Según testigos, un hombre descendió de un vehículo, se aproximó a Faunier sin mediar palabra y le propinó una puñalada con arma blanca. Tras el ataque, el agresor volvió a subir al carro y huyó del lugar a toda velocidad.
Algunas personas que presenciaron los hechos alertaron de inmediato a las autoridades. Faunier fue auxiliado y trasladado al Hospital Universitario San Jorge, pero debido a la gravedad de la herida falleció minutos después.
En ese momento, el hombre ingresó como CNI (Cuerpo No Identificado), ya que no portaba documentos ni era conocido por los transeúntes del lugar. Fue el grupo de criminalística de la Sijín el que realizó la inspección técnica del cadáver y lo trasladó a Medicina Legal, donde finalmente fue identificado mediante análisis de huellas dactilares.
Faunier Guarumo era oriundo del municipio de Quinchía, aunque residía y estaba cedulado en Pereira. Hasta el momento se desconocen las causas del crimen y no se han reportado capturas. Las autoridades adelantan la investigación para establecer la identidad del agresor y esclarecer los móviles del homicidio.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.