Luis Francisco Ruiz Aguilar habría falsificado documentos y modificado el estatuto interno del centro asistencial para realizar nombramientos de personal y obtener viáticos sin autorización del entonces gobernador.
Caquetá, Colombia, 20 febrero de 2025.- La Fiscalía General de la Nación presentó ante un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá con función de control de garantías al gobernador de Caquetá, Luis Francisco Ruiz Aguilar, a quien le imputó los delitos de prevaricato por acción, falsedad material en documento público agravada, falsedad ideológica en documento público y peculado por apropiación.
Los hechos investigados habrían ocurrido entre 2020 y 2022, cuando Ruiz Aguilar se desempeñó como gerente del Hospital Departamental María Inmaculada, con sede en Florencia (Caquetá). Según el material probatorio, el ahora gobernador habría modificado sin autorización el reglamento interno del centro asistencial para crear nuevos cargos, respaldando dicho cambio con un acta falsa de la junta directiva.
Estas modificaciones le habrían permitido realizar 57 nombramientos en provisionalidad y encargo entre el 31 de agosto y el 25 de octubre de 2022.
Asimismo, la Fiscalía indicó que Ruiz Aguilar presuntamente alteró el artículo 35 del estatuto interno del hospital, eliminando el aval que debía otorgar el gobernador para el reconocimiento de comisiones de servicios. De esta manera, habría autorizado el pago de viáticos de manera directa con recursos del presupuesto institucional, cobrándose un total de 56’357.379 pesos por concepto de viajes y comisiones.
El mandatario departamental no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.