Manuel Caicedo Sinisterra fue capturado por el Ejército y la Policía. Se incautaron 6 fusiles, 2 pistolas, 14 morrales de campaña, 30 proveedores, 715 cartuchos de calibres 5.56 y 9 mm, y 3 artefactos explosivos improvisados. Foto Fiscalía General de la Nación.
Manuel Caicedo Sinisterra sería una de las personas cercanas al señalado cabecilla de la estructura primera del grupo armado ilegal, conocido como ‘Paisa Duver’.
Guaviare, Colombia, 8 febrero de 2025.- Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales presentó ante un juez de control de garantías a Manuel Caicedo Sinisterra, señalado de ser integrante de la estructura primera de las disidencias de las Farc. Su captura se dio en Calamar (Guaviare) en un operativo conjunto del Ejército Nacional y la Policía Nacional.
Durante el procedimiento, fueron recuperados seis menores de edad y murieron dos presuntos integrantes del grupo ilegal liderado por alias Paisa Duver. Además, se incautaron seis fusiles, dos pistolas, 14 morrales de campaña, 30 proveedores, 715 cartuchos de calibres 5.56 y 9 mm, y tres artefactos explosivos improvisados.
Las investigaciones indican que Caicedo Sinisterra tendría bajo su mando a 30 hombres en armas y estaría vinculado a homicidios selectivos, reclutamiento forzado, extorsiones, desplazamientos, tráfico de estupefacientes y ataques contra la fuerza pública y la población civil.
Ante estas evidencias, la Fiscalía le imputó los delitos de concierto para delinquir agravado y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido y de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos. El procesado no aceptó los cargos y fue enviado a un centro carcelario con medida de aseguramiento.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.