Los procesados fueron capturados en Montelíbano (Córdoba) y Medellín, Ríonegro y Zaragoza (Antioquia). Vendrían delinquiendo desde el 2024.
Córdoba, Colombia, 10 de enero de 2025.- El material probatorio presentado por un fiscal Gaula de la Seccional Córdoba permitió que un juez con función de control de garantías de Montería judicializara a cinco personas, presuntamente involucradas en una red de extorsión contra comerciantes en Montelíbano, Puerto Libertador y San José de Uré.
Los procesados fueron identificados como Martha Cecilia Gómez Lara, César Alfonso Herrera Díaz, Merly Juliana Araújo Rojas, Manuel Alfonso Polo Pacheco y Neider Yesith Pérez Ramos. Según sus responsabilidades individuales, la Fiscalía les imputó los delitos de extorsión agravada y concierto para delinquir con fines de extorsión.
Extorsiones bajo intimidación
De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron desde 2024, cuando los imputados habrían estado exigiendo pagos a comerciantes de estas poblaciones y sus zonas rurales, bajo amenazas y asegurando pertenecer al Ejército Gaitanista de Colombia (EGC).
Capturas en Córdoba y Antioquia
Las detenciones fueron realizadas por el Gaula de la Policía Nacional en dos operativos:
- 24 de febrero: Captura de Pérez Ramos y Polo Pacheco en Montelíbano (Córdoba).
- 25 de febrero: Captura de Gómez Lara en Medellín, Herrera Díaz en Rionegro y Araújo Rojas en Zaragoza (Antioquia).
Medidas de aseguramiento
Tras la audiencia, el juez impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a cuatro de los procesados, mientras que Araújo Rojas recibió detención domiciliaria debido a su estado de embarazo. Ninguno de los imputados aceptó los cargos.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.