Dos empleados del lugar también habrían sido retenidos ilegalmente.
Quindío, Colombia, 13 febrero de 2025.- La Fiscalía General de la Nación judicializó a Carlos Alberto Tupante Aranque y Cristian Abdul Gutiérrez Villabón por su presunta participación en la retención ilegal de cuatro personas con el fin de robar en una finca y una vivienda en Calarcá y Armenia (Quindío), respectivamente.
Ambos fueron imputados por los delitos de secuestro extorsivo y hurto calificado, ambas conductas agravadas. Aunque no aceptaron los cargos, un juez de control de garantías les impuso medida de aseguramiento en centro carcelario.
Detalles del caso
Los hechos ocurrieron el 1 de febrero de 2025 en una finca de la vereda La Española en Calarcá. Según la investigación, varias personas armadas ingresaron a la propiedad e intimidaron a los dueños y a dos trabajadores, a quienes ataron de manos y pies. Posteriormente, los asaltantes se llevaron dos celulares y una camioneta, con un avalúo total de más de 205 millones de pesos.
Tras el hurto del vehículo, Tupante Aranque y Gutiérrez Villabón se dirigieron a una vivienda en Armenia, perteneciente a la pareja retenida. En este segundo robo, se apoderaron de dinero en efectivo y joyas valoradas en 190 millones de pesos.
La rápida reacción de los guardas de seguridad del conjunto residencial permitió alertar a las autoridades, quienes activaron un plan candado y lograron capturar en flagrancia a los dos implicados en la vía que conecta Armenia con Calarcá.
La Fiscalía destacó que las capturas y la judicialización de los sospechosos son parte de los esfuerzos para combatir el secuestro y el hurto en la región.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.