Entre los fugados figura uno de los presuntos cabecillas del Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) en el nordeste antioqueño.
Antioquia, Colombia, 14 de marzo de 2025.- La Fiscalía General de la Nación judicializó a Juan Esteban Villa Álvarez y Jeisson David Rodríguez Campos, patrulleros de la Policía Nacional, por su presunta responsabilidad en recibir dinero para facilitar la fuga de cinco presos de una estación de policía en Segovia.
Una fiscal de la Seccional Antioquia los presentó ante un juez de control de garantías y les imputó los delitos de favorecimiento de fuga de presos agravado y cohecho propio. Ninguno de los procesados aceptó los cargos y les fue impuesta medida de aseguramiento domiciliaria.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 24 de septiembre de 2021, cuando los detenidos del centro de detención transitorio de la estación de policía escaparon tras romper los barrotes de las celdas. Entre los evadidos estaba un presunto cabecilla del Ejército Gaitanista de Colombia (EGC) en el nordeste antioqueño.
Según la investigación, días antes de la fuga, los uniformados habrían sido contactados por integrantes de esta estructura criminal, quienes les habrían pagado 15 millones de pesos para permitir el ingreso de una segueta con la que se facilitaría la evasión. Además, se evidenció que los patrulleros presuntamente recibían dinero a cambio de ingresar celulares y otros elementos ilícitos a los reclusos.
Las autoridades continúan investigando el caso para determinar posibles vínculos adicionales y esclarecer la totalidad de los hechos.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.