Los procesados habrían exigido cuotas de dinero a su víctima, a quien contactaron a través de redes sociales.
Huila, Colombia, 28 de marzo de 2025.- La Fiscalía General de la Nación logró judicializar a Lorena Carvajal Varón y Jhon Eder García Espinosa, señalados de intentar extorsionar a un empresario del departamento. Ambos aceptaron cargos por el delito de tentativa de extorsión agravada y, por decisión de un juez de control de garantías, deberán permanecer en centro carcelario mientras avanza el proceso judicial.
De acuerdo con la investigación liderada por una fiscal Gaula de la seccional Huila, los hechos ocurrieron a mediados de marzo en la vereda La Barniza, zona rural del municipio de Acevedo. En ese periodo, los hoy procesados habrían contactado al propietario de una finca, a quien le exigieron cinco millones de pesos a cambio de no ser declarado objetivo militar, extendiendo la amenaza también a su núcleo familiar.
Las exigencias fueron realizadas a nombre de un grupo armado y se concretaron mediante llamadas telefónicas y mensajes de mensajería instantánea. Según las evidencias recolectadas por los investigadores, los presuntos extorsionistas también ofrecieron entregar un documento de “paz y salvo” con una vigencia de un año si la víctima accedía al pago.
El operativo concluyó con la captura en flagrancia de Carvajal Varón y García Espinosa en el parque principal del municipio, donde se había acordado la entrega controlada del dinero. Uniformados del Gaula de la Policía Nacional intervinieron en el momento de la transacción, frustrando el delito y dejando a disposición de las autoridades competentes a los responsables.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.