El Juzgado 18 Penal de Bogotá, con funciones de conocimiento, avaló el preacuerdo en el que el agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), Néstor Rodríguez Rúa, aceptó ser el autor material de la muerte de un estudiante de 15 años de edad.

Los hechos ocurrieron el 1 de mayo de 2005 en pleno centro de la capital, en donde el Esmad disparó a los manifestantes para disipar la protesta.

En medio de los levantamientos, Rodríguez Rúa aceptó ser quien disparó una bala con gas lacrimógeno y ocasionó heridas graves al menor de edad, quien posteriormente falleció.

En consecuencia, el preacuerdo contempla una pena de 144 meses de prisión, el compromiso de la no repetición de los hechos y el perdón público a la familia y a la sociedad colombiana, lo cual se hará efectivo al quedar en firme la sentencia condenatoria.

Share.