Meta, Colombia, 23 enero de 2025.- La Fiscalía General de la Nación presentó pruebas contundentes que llevaron a un juez de conocimiento a condenar a Cristián Alejandro Sánchez Martínez a 42 años y 8 meses de prisión por el asesinato de un hombre en el barrio Portales del Llano, Villavicencio, en octubre de 2022.
Detalles del caso
Según las investigaciones, el 15 de octubre de 2022, la víctima fue atacada con arma de fuego mientras reparaba una motocicleta frente a un establecimiento comercial. El fiscal de la Unidad de Vida demostró que Sánchez Martínez actuó debido a problemas personales que mantenía con la víctima.
El juez encontró a Sánchez Martínez culpable de los delitos de homicidio agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones.
Cumplimiento de la pena
El juez negó cualquier beneficio judicial, como la suspensión condicional de la ejecución de la pena o la prisión domiciliaria, por lo que el condenado deberá cumplir su sentencia en un centro carcelario, donde ha permanecido desde su captura en marzo de 2023.
Aunque el fallo fue emitido en primera instancia, la defensa del procesado interpuso una apelación que será evaluada por una instancia superior.
Impacto judicial
La condena a Cristián Alejandro Sánchez Martínez reafirma el compromiso de las autoridades judiciales en combatir el homicidio y garantizar justicia para las víctimas, fortaleciendo la seguridad en Villavicencio y en el departamento del Meta.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.