La JEP realizará audiencia de reconocimiento de 7 exmiembros de Farc por secuestro

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Colombia, 21 junio de 2022.- Después de que la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP le imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad al antiguo Secretariado de las Farc-EP, dentro del caso 01, los siete comparecientes de la extinta guerrilla se presentarán ante la justicia, las víctimas y la sociedad colombiana para reconocer o rechazar su responsabilidad por las órdenes que dieron de secuestrar a personas durante el conflicto armado, así como por su omisión de control de los malos tratos que padecieron las víctimas.

Durante este 21, 22 y 23 de junio Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar deben pasar del reconocimiento escrito, que presentaron en abril de 2021, al reconocimiento público de los hechos y conductas que halló la JEP cuando les imputó cargos al presentar la radiografía más completa que hoy conoce el país sobre esta política criminal.

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Los hallazgos de la investigación indican, por ejemplo, que las órdenes de secuestro se orientaron de forma generalizada a personas de todos los estratos sociales y en la práctica no distinguieron territorios, condiciones de género, edad o vulnerabilidad especial. El trato dado a los secuestrados quedaba a discreción de la guardia y el comandante de turno, y las víctimas han reportado casos graves de torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado durante el secuestro.

Tres patrones cimentaron la política de secuestro de las Farc-EP para financiar a la organización armada en sus diferentes niveles jerárquicos, forzar el intercambio por guerrilleros presos y controlar a la población de los territorios castigándola por diversos motivos, investigándola por su presunta cercanía a los enemigos de la guerrilla o controlando la presencia y acciones de empresas y funcionarios públicos.

El antiguo Secretariado de las Farc-EP fue imputado por dar las órdenes que resultaron en crímenes de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad y crímenes de guerra de toma de rehenes, y por los asesinatos y desapariciones forzadas que resultaron de estos. Pero también fue imputado por responsabilidad de mando por otros crímenes de lesa humanidad y guerra cometidos por sus subalternos durante los secuestros, como torturas, tratos crueles, violencia sexual, desplazamiento forzado y esclavitud.

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¿Qué va a pasar en la audiencia?

Durante la audiencia, que se realizará en la Biblioteca Virgilio Barco de Bogotá, los siete comparecientes podrán hacer público o no su reconocimiento de responsabilidad en los hechos imputados. A su vez, las víctimas acreditadas que intervendrán en la diligencia tendrán la oportunidad de pronunciarse sobre lo que los siete imputados digan en sus intervenciones y exponer sus demandas de verdad. Las demás víctimas acreditadas podrán observar la diligencia y tendrán 15 días hábiles para entregar observaciones y demandas ante el reconocimiento.

Se trata de un momento clave en el proceso judicial, que contribuye a la satisfacción y reparación de las víctimas. Pero no solo eso. De la decisión de reconocer o no se derivarán consecuencias jurídicas para cada uno de los siete procesados. Es decir, lo que cada uno de los antiguos miembros del Secretariado diga servirá de insumo para la resolución de conclusiones que se expedirá en los próximos tres meses.

Para llegar a este momento, y siguiendo la ruta que se aplicó en la audiencia del caso 03 que se llevó a cabo en Norte de Santander, la Sala de Reconocimiento, junto con el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ, por sus siglas en inglés) facilitaron 27 sesiones individuales y colectivas con las víctimas y comparecientes. Entre ellos, se facilitaron 3 encuentros previos entre ambas partes, que responden a los patrones criminales identificados.

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A través de estos espacios se buscaba: 1) mitigar que las actuaciones judiciales acentúen el sufrimiento. 2) promover la participación en la diligencia. 3) empoderar a las víctimas para que ellas y los demás actores procesales las perciban como sujetos activos y 4) poner en marcha dispositivos psicosociales que contribuyan con la justicia restaurativa.

¿Qué sigue después de la audiencia?
Tras la audiencia, la magistratura tiene tres meses para remitir la resolución de conclusiones al Tribunal para la Paz que definirá la sanción a imponer a los imputados. Mientras el periodo se cumple, la Sala evaluará los reconocimientos del antiguo Secretariado, así como las propuestas de sanción propia que presenten los comparecientes y las observaciones de las víctimas a estas propuestas, y sus observaciones en los temas de la Resolución de Conclusiones.

En caso de que no haya reconocimiento, o respecto a los hechos que no fueran reconocidos, la Sala remitirá los procesos a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP.

Los reconocimientos serán evaluados bajo tres dimensiones: 1) Fáctico: se busca que se cumpla el aporte a la verdad, tanto sobre su responsabilidad individual, como sobre lo que conozcan sobre los hechos y la configuración de la política criminal. 2) Jurídico: se refiere al reconocimiento de la gravedad de las conductas imputadas y que no son amnistiables y 3) Restaurativa: que pasa por reconocer los hechos, el daño causado y dar cuenta de la voluntad de resarcir y no repetir los graves crímenes.

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Si los comparecientes cumplen con el estándar de reconocimiento de la Sala y esta determina que reconocieron de manera satisfactoria su responsabilidad y aportaron verdad plena, exhaustiva y detallada, sus casos pasarán a la Sección de Primera Instancia en casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz, que adoptará la sentencia condenatoria e impondrá las sanciones propias a las que haya lugar. Estas son las únicas sanciones que tienen componente restaurativo y reparador e implican restricción efectiva de la libertad para los comparecientes. De lo contrario, si no reconocen responsabilidad ni aportan verdad, o lo hacen tarde, y son vencidos en juicio, los imputados serán condenados a las otras sanciones que impone la JEP y que van de 5 a 20 años de cárcel.

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