La JEP y las demás Altas Cortes piden respeto por la autonomía e independencia judicial

FECHA:

La vigencia y solidez de las democracias modernas están sostenidas por la garantía de una justicia autónoma e independiente, impartida por funcionarios judiciales obligados a tomar decisiones basadas en la Constitución Política y las leyes creadas por el Poder Legislativo y sancionadas por el Ejecutivo. Los jueces jamás podrán estar facultados para emitir providencias motivadas por corrientes de opinión o consideraciones políticas, religiosas o de cualquier otra naturaleza ajena al ordenamiento jurídico, ni siquiera en la era de la información.

En eso consiste el imperio de la ley: en la aplicación del orden jurídico para los ciudadanos por igual, donde todos estamos sometidos a sus preceptos. Colombia como Estado Social de Derecho pertenece a un régimen político democrático, pluralista y participativo.

La administración de justicia está regida y construida sobre esos pilares, que obedecen a reglas internas e imperativos mandatos internacionales aceptados por el Estado colombiano, para garantizar a todos y cada uno de los habitantes del país sus derechos fundamentales, entre los que se encuentra el debido proceso y sus corolarios de defensa y contradicción. El sistema judicial, como componente esencial del Estado de Derecho, debe ser respetado en su integridad. Las providencias judiciales tienen instancias legales para ser controvertidas. De ahí que sean inaceptables descalificaciones a decisiones judiciales por adoptar y sin que aún se conozca su contenido, sentido o alcance.

En la democracia colombiana, la justicia se rige por el orden jurídico. Por eso, no solo los ciudadanos y los funcionarios de todo orden y jerarquía, sino las instituciones y quienes las representan tienen el deber de salvaguardar la integridad de las decisiones judiciales.

Por el valor superior de la democracia hacemos un llamado a confiar en la acción de los jueces, quienes toman sus decisiones con rigor y sensatez dentro del orden establecido por la Constitución Política y la ley.

*Texto publicado en la JEP

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