Madre en Medellín condenada a 25 años por permitir la explotación sexual de su hija menor de edad

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Foto de la Fiscalía General de la Nación, FGN

La Fiscalía comprobó que la madre amarraba de pies y manos a la víctima, y le vendaba los ojos para que no reconociera a sus abusadores.

El padrastro de la menor también fue sentenciado por agredir sexualmente a la víctima.

MEDELLÍN, ANTIOQUIA (11 AGO 2024) – Un juez de conocimiento condenó a 25 años y 8 meses de prisión a una mujer que permitió durante cinco años que su hija de 8 años fuera víctima de continuos abusos sexuales por parte de varios hombres en su propia vivienda en el barrio La Cruz de Medellín. La Fiscalía General de la Nación demostró que la madre ataba a la menor de pies y manos, le vendaba los ojos y facilitaba estos actos a cambio de dinero.

La investigación, liderada por una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas), reveló que los abusos ocurrieron entre 2017 y 2021. La madre no solo permitía estos vejámenes, sino que también castigaba a la niña con quemaduras de cigarrillo si intentaba resistirse. Las agresiones ocurrían hasta tres veces al día.

En el mismo fallo, el juez sentenció a 21 años y 4 meses de prisión al padrastro de la menor, quien fue identificado como uno de los agresores sexuales. Ambos fueron encontrados responsables de los delitos de proxenetismo y acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado.

Los condenados han estado privados de la libertad desde febrero de 2023, y sus defensas han apelado la decisión.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.