MAGDALENA, COLOMBIA (27 NOV 2024) – Un juez de conocimiento dictó una condena de 38 años y 9 meses de prisión contra un hombre de 46 años, quien aceptó su responsabilidad en el feminicidio de su expareja, un hecho ocurrido el pasado 9 de mayo en el barrio Altos de Bonito Gordo, en el corregimiento de Taganga.

Los hechos

De acuerdo con las investigaciones realizadas por la Seccional Magdalena de la Fiscalía General de la Nación, el sentenciado atacó con un arma cortopunzante a su expareja, de 30 años, en medio de una discusión dentro de la vivienda que compartían. En el momento del ataque, una menor de 13 años, hija de la pareja, presenció la escena.

El suceso generó alarma en la comunidad. Los gritos de auxilio de la menor y de los vecinos alertaron a las autoridades. La Policía Nacional intervino rápidamente y capturó al agresor en flagrancia.

Proceso judicial y sentencia

Durante el juicio, el hombre aceptó los cargos imputados por la Fiscalía, lo que permitió la pronta resolución del caso. La condena impuesta corresponde al delito de feminicidio agravado, en consonancia con las medidas que buscan proteger los derechos de las mujeres y garantizar justicia frente a la violencia de género.

Compromiso institucional

La Fiscalía General de la Nación reafirma su compromiso en la lucha contra los feminicidios y la protección de las mujeres en situación de vulnerabilidad. Este caso marca un precedente en la defensa de la integridad y la vida de las mujeres en el departamento de Magdalena.

A.U.


La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
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