Antioquia, Colombia, 11 de abril de 2025.- La Fiscalía General de la Nación imputó a Yulieth Andrea Hernández Bedoya, de 25 años, por su presunta responsabilidad en los delitos de proxenetismo con menor de 18 años agravado y acceso carnal abusivo con menor de 14 años, tras hechos registrados en el municipio de Apartadó (Antioquia).
Según la investigación adelantada por una fiscal de la Unidad Especial de Niños, Niñas y Adolescentes (UENNA) de la Seccional Antioquia, el 15 de agosto de 2023, la procesada habría inducido a una menor de 13 años para que sostuviera relaciones sexuales con un hombre adulto a cambio de dinero o de un teléfono celular. La información recopilada indica que Hernández Bedoya también habría participado directamente en la agresión sexual a la menor.
La captura se efectuó el pasado 6 de abril en Apartadó, en un operativo conjunto entre funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Policía de Infancia y Adolescencia. Tras su detención, se llevó a cabo la audiencia de imputación, donde la procesada no aceptó los cargos formulados por la Fiscalía.
No obstante, un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en centro carcelario, al considerar la gravedad de los hechos y el riesgo que representa para la víctima y el proceso judicial.
Este caso forma parte de los esfuerzos de la Fiscalía por judicializar con contundencia los delitos de explotación sexual infantil, reafirmando el compromiso institucional con la protección de los derechos de la niñez en Colombia.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.