Ataque con arma cortopunzante en Providencia: hombre fue enviado a la cárcel
La Fiscalía informó que Ralbort Agusto H. B. fue capturado por la Policía Nacional el 28 de agosto en el sector de Agua Dulce, en Providencia, en cumplimiento de una orden judicial.

SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA, COLOMBIA 1 de septiembre de 2026 – Una fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional San Andrés presentó ante un juez de control de garantías a Ralbort Agusto H. B., de 32 años, quien estaría implicado en un intento de homicidio ocurrido en la isla de Providencia.
Según información de la Fiscalía, los hechos investigados se registraron durante la madrugada del 6 de abril de 2025, cuando el procesado, al parecer, hirió con un arma cortopunzante a un hombre de 30 años que se encontraba departiendo con un amigo en el sector de Santa Isabel.
Tras resultar lesionada, la víctima fue trasladada a un centro asistencial, donde recibió atención médica que le permitió recuperarse satisfactoriamente.
De acuerdo con la investigación, el ataque se habría producido como retaliación por diferencias entre el ahora procesado y un familiar del hombre lesionado.
La Fiscalía informó que Ralbort Agusto H. B. fue capturado por la Policía Nacional el 28 de agosto en el sector de Agua Dulce, en Providencia, en cumplimiento de una orden judicial.
Durante el procedimiento judicial, el hombre negó su responsabilidad frente al delito de tentativa de homicidio que le fue imputado por la Fiscalía.
Finalmente, se determinó que deberá cumplir la medida de aseguramiento en la cárcel Nueva Esperanza de San Andrés Isla.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
