¡Atención! Ordenan suspender órdenes de captura y de extradición a líderes del EGC, mal llamado Clan del Golfo
La paz no puede depender del vaivén electoral; debe convertirse en una política de Estado.

Expectativa nacional por nuevos anuncios
Colombia, 27 diciembre de 2025.- La suspensión de las órdenes de captura contra el estado mayor del Ejército Gaitanista de Colombia -EGC-, adoptada por el Gobierno en el marco de la Paz Total, marca un punto de inflexión en la búsqueda de una salida negociada al conflicto armado.
En medio de controversias y escepticismo, la decisión envía un mensaje claro: sin gestos audaces y sustentados jurídicamente no es posible abrir caminos ciertos hacia la reconciliación, el desescalamiento de la violencia y la priorización de las víctimas en la construcción de una Paz Total.
Hace ya sesenta años que Colombia inició una etapa triste y extensa de violencia armada, de exclusión social y de ausencia estatal en territorios alejados de la centralidad. Cada intento por dar fin al conflicto ha exigido decisiones difíciles, políticamente costosas y socialmente controvertidas.
La Resolución N. 274 del 24 de diciembre de 2025, firmada por el consejero comisionado de Paz, José Otty Patiño Hormaza, hace parte de ese tipo de decisiones: complejas, impopulares para algunos sectores, inviables para otros, ilegales para los enemigos de la paz, pero indispensables si el país pretende avanzar de manera realista hacia la tan anhelada Paz Total.
Esa Resolución ordena a todas las autoridades en el país, principalmente a la Fiscalía General de la Nación, la suspensión de las órdenes de captura -incluidas aquellas con fines de extradición- contra los integrantes de la cúpula o estado mayor del Ejército Gaitanista de Colombia -EGC-, mal llamado Clan del Golfo, a saber: Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, José Gonzalo Sánchez Sánchez, Orozman Orlando Osten Blanco, Elkin Casarrubia Posada y Luis Armando Pérez Castañeda.
Este listado fue suministrado al Gobierno por parte de un miembro representante del grupo armado, y fue aceptado de buena fe, de conformidad con el principio de confianza legítima, según indica la Resolución, con el fin iniciar el proceso de desplazamiento hacia las Zonas de Ubicación Temporal, en los departamentos de Chocó y Córdoba, en las que se dará inicio a los diálogos y acuerdos de paz con ese grupo.

El documento exige al Ministerio de Defensa adoptar las medidas necesarias y eficaces para brindar seguridad humana y jurídica necesaria durante el transcurso del desplazamiento de los integrantes del grupo armado organizado hacia las Zonas de Ubicación Temporal -ZUT-, a partir del reconocimiento efectuado en esa resolución. Igualmente, el ejecutivo solicitó a la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la Organización de Estados Americanos (MAPP/OEA), como integrante de un mecanismo tripartito encargado del seguimiento, monitoreo y verificación de las ZUT, para que ubique gradual y progresivamente a los combatientes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia -EGC-.
Las zonas temporales estarán ubicadas en los municipios de Belén de Bajirá y Unguía, en el Chocó; y en Tierralta, Córdoba, entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2026, y allí se facilitará la ubicación gradual y progresiva de los combatientes de ese grupo armado, debido al estado avanzado del proceso de conversación sociojurídico con este grupo y la implementación de compromisos de tránsito a la paz y a la vida civil de sus integrantes para su sometimiento a la justicia.
Sin embargo, la delimitación geográfica específica de esas zonas se mantendrá en secreto, será objeto de verificaciones de las autoridades competentes y, en todo caso, se mantendrá en ellas la vigencia del Estado Social de Derecho, sin que haya afectación a las funciones de las autoridades de las zonas definidas para la ubicación, así como se garantizará la protección de los derechos de la población civil.
La suspensión de la ejecución de las órdenes de captura, incluyendo aquellas con fines de extradición, será efectiva dentro de las zonas temporales, al igual que durante el transcurso del desplazamiento hacia las mismas de los integrantes de ese grupo armado.
La orden es una herramienta jurídica excepcional, prevista en la ley colombiana, orientada a crear las condiciones mínimas de confianza y seguridad que permitan la transición de ese grupo armado organizado hacia escenarios de diálogo, el abandono definitivo de las armas y el desmantelamiento de todas sus estructuras.
Y responde a una lógica clara: no hay negociación posible si quienes deben sentarse a dialogar temen ser capturados en el trayecto. La experiencia histórica del país demuestra que los procesos de paz fracasan cuando se privilegia la retórica punitiva sobre la construcción gradual de confianza. La suspensión temporal y condicionada de órdenes de captura no borra delitos ni extingue responsabilidades, pero sí abre una ventana política para que la guerra deje de ser el único lenguaje posible.
Un mensaje político en tiempos de reconciliación
No es casual que la Resolución haya sido expedida el 24 de diciembre de 2025. En una época marcada simbólicamente por llamados a la reconciliación, la paz y el reencuentro, el Estado colombiano envía un mensaje inequívoco: la paz sigue siendo una prioridad nacional, incluso cuando el camino hacia ella genera resistencias y controversias.
El reconocimiento formal del EGC como interlocutor en un proceso de conversación sociojurídica implica aceptar una realidad incómoda pero ineludible: este grupo armado ilegal tiene una presencia territorial, capacidad de control armado y una influencia real sobre comunidades que han vivido durante años en medio del abandono institucional. Negar esa realidad no la elimina; abordarla con herramientas políticas y jurídicas responsables, en cambio, puede transformarla.
La decisión, liderada por el presidente Gustavo Petro, de avanzar en este proceso, se articula con su proyecto de Paz Total, una apuesta que no se limita a un solo actor armado ni a un único escenario territorial, sino que busca desactivar múltiples focos de violencia mediante el diálogo, la negociación y el sometimiento a la justicia. En ese orden de ideas, la suspensión de órdenes de captura contra los cabecillas del EGC es coherente con una visión integral de la paz, que entiende que la seguridad no se impone únicamente con fusiles, sino que se construye con acuerdos verificables y compromisos de tránsito a la vida civil.
Las víctimas en el centro del proceso
Uno de los aspectos más relevantes es el lugar que ocupan las víctimas en este proceso. La Resolución y los compromisos adquiridos contemplan la garantía progresiva de condiciones que permitan contribuir tempranamente a la satisfacción de sus derechos. Esto implica reconocer que la paz no puede reducirse a un acuerdo entre armados, sino que debe traducirse en verdad, reparación, garantías de no repetición y transformación real de los territorios afectados por la violencia.
Las críticas que señalan la suspensión de órdenes de captura como un acto de impunidad desconocen que la justicia transicional no equivale a ausencia de justicia. La experiencia del proceso con las extintas Farc demuestra que es posible diseñar sanciones restaurativas, no privativas de la libertad, que respondan a estándares de verdad, responsabilidad y reparación. La paz se negocia con los enemigos, no con los aliados, y pretender que un proceso de esta naturaleza se base exclusivamente en la cárcel es desconocer la historia de los conflictos armados y sus salidas políticas.
Doha y el respaldo internacional: diplomacia para la paz
Los compromisos adquiridos en Doha, Qatar, el pasado 5 de diciembre de 2025, otorgan un respaldo político y diplomático significativo al proceso. La mediación de Qatar, el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación y la consolidación de un Grupo de Países Mediadores, entre ellos Noruega, España y Suiza, refuerzan la legitimidad internacional de esta apuesta por la paz.
El acuerdo de respetar el proceso electoral, ampliar los municipios priorizados para la consolidación de acciones de paz y definir protocolos con enfoque diferencial para mujeres, niñas, niños y adolescentes, demuestra que este no es un diálogo aislado, sino un esfuerzo por articular la seguridad con la democracia y los derechos humanos. Colombia, al elegir la paz a través del diálogo y la cooperación internacional, envía un mensaje claro al mundo: los conflictos internos se resuelven mejor con política que con guerra.
Desafío para el presente y una responsabilidad para el futuro
Es cierto que persisten vacíos jurídicos en el sometimiento a la justicia de estructuras armadas organizadas ilegales como el EGC, y que estos dependen en buena medida del trámite legislativo en el Congreso. Sin embargo, esos vacíos no pueden convertirse en excusas para la inacción. La historia demuestra que los marcos jurídicos suelen perfeccionarse a la par de los procesos políticos, no antes de ellos.
La indignación y el escepticismo de algunos sectores sociales son comprensibles, pero no deben bloquear una oportunidad real de reducir la violencia y salvar vidas. La paz no es un camino recto ni libre de contradicciones; es un proceso lleno de tensiones, concesiones y debates éticos profundos. Lo verdaderamente irresponsable sería renunciar a ella por miedo al costo político.
La Resolución del 24 de diciembre de 2025 es, en ese sentido, un buen mensaje para el país. Fortalece el proceso de paz, consolida la apuesta de Paz Total del Gobierno Petro y deja un precedente que el próximo gobierno, elegido en 2026, tiene la responsabilidad histórica de continuar. La paz no puede depender del vaivén electoral; debe convertirse en una política de Estado.
Asimismo, este ejemplo debería extenderse a otras realidades armadas, como las estructuras al margen de la ley de Medellín y el Valle de Aburrá, en el marco de la Paz Urbana y Rural. Colombia tiene hoy una oportunidad real de cerrar ciclos de violencia que parecían interminables. Aprovecharla exige valentía política, visión de largo plazo y, sobre todo, la convicción de que la paz, aun imperfecta, siempre será mejor que una guerra perpetua.
Paz necesaria. ZUT anunciadas, pero inexistentes. Paz que incomoda a EE. UU.
La Resolución 274 del 22 de diciembre de 2025 marca un nuevo intento del Estado colombiano por dotar de orden, transparencia y previsibilidad a uno de los procesos más complejos de la política de paz reciente: el diálogo con el autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia -EGC-, también conocido como Clan del Golfo, Urabeños o Gaitanistas. En un país fatigado por décadas de violencia armada, economías ilegales y promesas incumplidas, la resolución no es un simple acto administrativo. Es, más bien, una declaración política: el reconocimiento de que el conflicto con las estructuras criminales del orden nacional no puede seguir siendo abordado únicamente desde la lógica militar.
El espíritu de la Resolución 274 apunta a resolver un problema estructural: qué hacer con organizaciones armadas que no encajan en el molde clásico de la insurgencia, pero que ejercen control territorial, regulan economías ilegales y afectan de manera directa la vida cotidiana de miles de comunidades.
No es pacífico este tema. Y los detractores ya se pronuncian.
Uno de los principales cuestionamientos al proceso es la reiteración de compromisos que no llegan a materializarse. El Gobierno ha acordado Zonas de Ubicación Temporal no solo con el EGC, sino también con la facción de alias “Calarcá”, Comuneros del Sur y la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano. No obstante, ninguna de estas zonas ha entrado plenamente en funcionamiento. Ni siquiera la ZUT anunciada para el Catatumbo, destinada al Frente 33 y presentada como una prioridad en el primer semestre del año, ha sido inaugurada. Las ZUT no son un detalle menor: constituyen el corazón logístico y simbólico de cualquier proceso de dejación de armas, desmovilización y tránsito hacia la legalidad.
A la complejidad de los diálogos internos que buscan un país en paz, se suma un factor externo de alto impacto: la decisión de Estados Unidos de incluir al Ejército Gaitanista de Colombia en su lista de organizaciones terroristas. Este anuncio, que coincidió con avances en los diálogos de Doha, ha opacado la hoja de ruta más ambiciosa de la paz total y ha elevado los costos políticos, jurídicos y financieros del proceso. La determinación de Donald Trump estrecha el margen de maniobra del Gobierno colombiano, complica la cooperación internacional, pone en entredicho la legitimidad del diálogo y reabre el debate sobre si negociar con el que es considerada la mayor estructura armada organizada ilegal de Colombia equivale a ceder espacio frente al crimen organizado nacional.
Sin embargo, la designación estadounidense no detiene automáticamente las negociaciones. La Resolución demuestra que el proceso no es improvisado y que cuenta con reglas claras, mecanismos de seguimiento, respaldo internacional y expone la tensión permanente entre la soberanía de Colombia para definir su política de paz y las presiones internacionales que surgen de la lucha mundial contra las drogas.
¿Cárcel para los cabecillas del EGC?
Como lo ha registrado el portal de noticias Análisis Urbano en diferentes oportunidades, el EGC ha manifestado que un diálogo y eventual acuerdo con el Gobierno no incluye la prisión para sus líderes. Esa posibilidad nunca ha sido discutida ni en los ciclos de diálogo realizados en Doha ni anteriormente en ningún otro escenario de paz.
No se trata de impunidad. La paz se negocia y se firma con los enemigos y ello incluye sanciones que no contemplan penas de prisión. Un sector de la comunidad ha manifestado su indignación y, por tanto, el escepticismo ante esta posibilidad, que se constituye en uno de los principales obstáculos del proceso, que es comparado con el que se adelantó con las extintas Farc. Es cierto que no existe un marco jurídico claro para el sometimiento a la justicia de estructuras armadas organizadas ilegales, vacío que sigue dependiendo del trámite legislativo en el Congreso.
Legalidad frágil, territorios vulnerables
Las críticas más severas apuntan a la fragilidad jurídica y a los riesgos territoriales del proceso, especialmente en un año electoral. Con cerca de 14.000 integrantes entre directos e indirectos y una presencia consolidada en regiones atravesadas por el narcotráfico, la extorsión y la minería ilegal, el EGC opera en contextos donde el Estado ha sido históricamente débil o ausente.
El debate sobre un eventual cese del fuego ilustra esta complejidad. A diferencia de las guerrillas tradicionales, el Ejército Gaitanista de Colombia, no se organiza en campamentos ni busca confrontar de manera directa a las Fuerzas Militares. Su lógica es la del control silencioso y la economía ilegal.
Exigir un cese del fuego bajo parámetros clásicos puede, como señala Luis Fernando Quijano Moreno, analista del conflicto, presidente de Corpades y editor general del portal noticioso Análisis Urbano, resultar conceptualmente inadecuado en esta etapa temprana de construcción de confianza.
Más preocupante aún es la falta de un plan claro para la recuperación del control territorial una vez se produzca una eventual desmovilización. Sin presencia estatal sostenida -en seguridad, justicia, infraestructura y servicios sociales- cualquier acuerdo corre el riesgo de convertirse en un simple reacomodo de actores armados.
Elecciones, urgencias y riesgos
La decisión de poner en marcha las ZUT coincide con un momento políticamente sensible: las elecciones al Congreso y las consultas presidenciales. Esta simultaneidad incrementa los riesgos para las comunidades y expone al Gobierno a la tentación de forzar resultados para mostrar avances antes del cierre del ciclo político.
La Resolución 274, en este sentido, es tanto una herramienta como una prueba. Puede convertirse en el marco que permita ordenar el proceso, corregir errores y fortalecer la transparencia, o puede quedar como otro documento bien intencionado que no logra trascender el papel.
La experiencia demuestra que la sola represión no ha logrado desmantelar estas estructuras. Negociar con ellas es políticamente costoso y moralmente incómodo, pero ignorarlas perpetúa un conflicto de baja intensidad que desangra a las regiones. La paz perfecta tal vez no exista. Apostémosle entonces a una paz responsable, verificable y honesta. La suspensión de las órdenes de captura de los integrantes del estado mayor del EGC es, tal vez, el inicio, apenas (pero importantísimo), de esa paz.
A.U.
