Capturado en Juan de Acosta por porte ilegal de arma durante patrullaje en Salinas del Rey
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Unidades de patrullaje sorprendieron al capturado con un revólver calibre .38
Juan de Acosta, Atlántico. 12 de Septiembre de 2025. –En una nueva acción contra el delito, la Policía Nacional capturó en flagrancia a un hombre que portaba ilegalmente un arma de fuego en el sector de Salinas del Rey, corregimiento de Santa Verónica, en jurisdicción del municipio de Juan de Acosta, Atlántico. Durante un procedimiento de patrullaje, registro y control, los uniformados interceptaron al sujeto y, al realizarle un registro personal, le hallaron en su poder un revólver calibre .38 milímetros.
El hombre no presentó ningún documento que acreditara el permiso de porte o tenencia del arma, razón por la cual fue informado de sus derechos como persona capturada y puesto a disposición de la Fiscalía General de la Nación por el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.
Esta captura hace parte de los controles del Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes, orientado a fortalecer la seguridad en los territorios. La incautación de esta arma representa un paso más en la lucha contra el porte ilegal y la prevención del homicidio en el departamento.
La Policía Nacional reiteró su llamado a la ciudadanía para que denuncie cualquier hecho delictivo a través de la línea 123, garantizando total confidencialidad. Con acciones como esta, las autoridades fortalecen su compromiso con la vida, la tranquilidad y la convivencia de todos los habitantes del Atlántico.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
