Capturados dos condenados por hurtos en Pasto e Ipiales
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Diego Armando Guzmán fue detenido en el barrio Gólgota para cumplir sentencia de 18 meses.
NARIÑO, COLOMBIA. (28 AGO 2025) – En acciones articuladas entre el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), la Policía Nacional y autoridades migratorias de Colombia y Ecuador, fueron capturados dos hombres que eran requeridos por la justicia para cumplir condenas por delitos de hurto calificado y agravado, cometidos en los municipios de Ipiales y Pasto, departamento de Nariño.
Uno de los capturados fue Diego Armando Guzmán, quien tenía orden de captura vigente emitida por un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad de Neiva (Huila). Este hombre fue sentenciado a 18 meses de prisión como responsable del delito de hurto calificado y agravado. Su detención se produjo el pasado 8 de agosto en el barrio Gólgota de Ipiales.
En un segundo operativo, realizado el 16 de agosto en Pasto, fue capturado Maiker Nicolás Romero Cardona, requerido judicialmente para cumplir una condena de 15 meses de prisión también por hurto calificado. En este caso, las víctimas fueron dos menores de edad, lo que agrava la conducta delictiva según las disposiciones del Código Penal colombiano.
Ambos procedimientos de captura fueron avalados por jueces de control de garantías, lo que garantiza la legalidad de las diligencias y la pronta ejecución de las sentencias condenatorias.
La Fiscalía General de la Nación reafirma con estos resultados su compromiso con la lucha contra los delitos que afectan la integridad y el patrimonio de los ciudadanos, especialmente de los más vulnerables.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
