Colombia amplía regulación de cannabis medicinal: ahora se podrá vender en farmacias
383 palabras, 2 minutos de tiempo de lectura.

Cundinamarca, Colombia, 5 de noviembre de 2025.- El Gobierno colombiano dio un paso significativo en la regulación del cannabis medicinal al autorizar, mediante un nuevo decreto divulgado este martes, la venta en farmacias de cannabis y sus derivados, incluyendo la flor seca, a pacientes que cuenten con prescripción médica. Esta medida modifica el marco legal vigente desde 2016 y amplía las posibilidades comerciales para la industria del cannabis medicinal en el país.
La principal novedad es que ahora la flor de cannabis será considerada un producto terminado, lo que permite su distribución en el mercado interno, además de su ya autorizada exportación. «Esto corrige un error del gobierno de Iván Duque, que permitió la exportación pero no su venta nacional», explicó a EFE el representante a la Cámara Juan Carlos Losada (Partido Liberal).
Desde el punto de vista regulatorio, el Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) asumirá el control sobre las licencias de fabricación y la vigilancia del cannabis, sus derivados y productos terminados. Por su parte, el Ministerio de Justicia y del Derecho supervisará las licencias para el uso de semillas y el cultivo de plantas psicoactivas y no psicoactivas.
Aunque la medida fue celebrada como un avance para el sector médico y farmacéutico, Losada recalcó que esta flexibilización no debe confundirse con una apertura al uso recreativo del cannabis. «Sería un error catastrófico para Colombia. Los estándares de calidad para la flor farmacéutica no pueden ser los mismos que para la recreativa», advirtió, argumentando que esto podría perjudicar a las comunidades que buscan entrar al mercado regulado de uso adulto de cannabis.
Colombia reguló por primera vez el uso medicinal del cannabis en 2015, durante el gobierno de Juan Manuel Santos, bajo el argumento de que no entraba en contradicción con la política antidrogas. En 2021, el entonces presidente Iván Duque permitió la exportación de flor seca con fines medicinales, medida que fue reglamentada posteriormente.
Además, desde 1986, la legislación colombiana permite el porte de hasta 20 gramos de marihuana y el autocultivo de hasta 19 plantas para consumo personal, aunque el uso recreativo a gran escala sigue siendo ilegal.
El nuevo decreto abre una etapa clave para la industria nacional del cannabis, al tiempo que establece mayores controles técnicos y sanitarios para garantizar su uso exclusivo con fines médicos.
EFE
