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Corte Constitucional estudiará aplazar hasta 2028 la entrada en vigencia de la reforma pensional

La Corte Constitucional estudiará una solicitud para aplazar hasta abril de 2028 la entrada en vigencia de disposiciones de la reforma pensional en Colombia.

Laura P 3 min de lectura
Corte Constitucional estudiará aplazar hasta 2028 la entrada en vigencia de la reforma pensional

COLOMBIA, 26 de septiembre de 2026 – La Corte Constitucional estudiará una solicitud que busca aplazar hasta el 1 de abril de 2028 la entrada en vigencia de las disposiciones correspondientes de la reforma pensional, actualmente prevista para comenzar a aplicarse el 1 de abril de 2027.

La petición fue presentada por Colpensiones el pasado 22 de septiembre ante la Sala Plena del alto tribunal y plantea conceder un año adicional para preparar la implementación del nuevo sistema.

Según informó Valora Analitik, la presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses, confirmó que la solicitud será incorporada al expediente y analizada por los magistrados.

“Todas las solicitudes que llegan a la Corte Constitucional dentro de los distintos expedientes son analizadas, de manera que esa es una solicitud que entrará a formar parte del expediente y que la Sala Plena de la Corte Constitucional tendrá que analizar en su momento”, señaló Meneses.

La solicitud no significa que la reforma pensional ya haya sido aplazada. Por ahora, el 1 de abril de 2027 continúa siendo la fecha establecida para que comiencen a aplicarse las normas que fueron declaradas exequibles por la Corte.

De acuerdo con Colombia.com, la discusión tiene como antecedente la Sentencia C-264 de 2026, mediante la cual el alto tribunal se pronunció sobre la Ley 2381 de 2024 y determinó que las disposiciones declaradas constitucionales comenzarían a producir efectos desde abril de 2027.

Colpensiones considera, sin embargo, que el periodo disponible podría resultar insuficiente para completar los cambios necesarios para poner en funcionamiento el nuevo modelo pensional.

Entre los argumentos expuestos aparecen los ajustes tecnológicos, operativos, financieros e institucionales que requiere la implementación del sistema.

El nuevo esquema implica actuaciones de diferentes entidades, entre ellas Colpensiones, las administradoras de fondos de pensiones y el Banco de la República, que deberán adecuar sus operaciones a las disposiciones que entren en vigor.

A las dificultades operativas se suman las implicaciones financieras. Según cálculos del Ministerio de Hacienda citados por Valora Analitik, la implementación de la reforma requeriría $5 billones adicionales, lo que representaría una presión adicional para las finanzas públicas.

La discusión tampoco se limita a Colpensiones. El Gobierno y Asofondos también han planteado ante la Corte inquietudes relacionadas con el calendario y las condiciones necesarias para poner en marcha el nuevo sistema.

Además, una parte de la reforma todavía tiene asuntos pendientes en el Congreso de la República.

La Corte Constitucional determinó que algunos artículos y apartes deben regresar al trámite legislativo para que sean subsanados problemas de procedimiento identificados durante el estudio de constitucionalidad.

Esto significa que no todas las disposiciones de la reforma se encuentran actualmente en la misma situación jurídica.

La Sala Plena deberá estudiar ahora los argumentos presentados y determinar si existe fundamento para modificar los efectos temporales de su decisión y conceder el año adicional solicitado.

Si la Corte acepta la petición, las disposiciones cuya aplicación está prevista para el 1 de abril de 2027 pasarían a entrar en vigencia el 1 de abril de 2028, en los términos que establezca el alto tribunal.

Si la solicitud no prospera, se mantendrá el calendario actualmente establecido.

Por ahora, entonces, no existe una decisión que haya aplazado la reforma pensional. La posibilidad de trasladar su implementación hasta 2028 queda en manos de la Corte Constitucional, que deberá pronunciarse después de estudiar las solicitudes incorporadas al expediente.

Este artículo incluye datos e información recopilados a partir de los reportes originales publicados por las agencias Valora Analitik y Colombia.com.

A.U.

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