Criminalidad

Fiscalía frena imputación a Augusto Rodríguez en el caso Miguel Uribe: altas esferas habrían intervenido

“Puede tratarse de una decisión para adelantar más actos de investigación, recolectar mejor la evidencia y sustentar con mayor solidez una eventual imputación”, puntualizó.

Análisis Urbano 8 min de lectura
Fiscalía frena imputación a Augusto Rodríguez en el caso Miguel Uribe: altas esferas habrían intervenido

Bogotá, Colombia, 19 enero de 2026.- La Fiscalía General de la Nación dio un reversazo sin precedentes al frenar la imputación que tenía programada contra Augusto Rodríguez, director de la Unidad Nacional de Protección (UNP), por el delito de prevaricato por omisión en el caso del magnicidio del dirigente político Miguel Uribe Turbay. La audiencia, que estaba prevista para el 11 de febrero, fue suspendida de manera inesperada, generando una fuerte controversia jurídica y política.

Según reveló El Tiempo, la orden de frenar la imputación habría salido desde las más altas esferas del búnker de la Fiscalía, en un movimiento que no tiene precedentes recientes, especialmente tratándose de un caso de la magnitud del asesinato de un precandidato presidencial. El diario habló de un “cortocircuito interno” dentro del ente acusador que terminó por congelar el proceso.

El caso Miguel Uribe Turbay ha estado rodeado de polémica desde el atentado ocurrido el 7 de junio del año pasado, durante un mitin político en Bogotá. Desde entonces, se abrió un intenso debate sobre el nivel de protección que recibió el dirigente del Centro Democrático, así como sobre las posibles responsabilidades institucionales en su esquema de seguridad.

De acuerdo con El Tiempo, la defensa de la familia, encabezada por el penalista Víctor Mosquera, había celebrado inicialmente la decisión de imputar a Rodríguez. Mosquera recordó que un juez concluyó que no se brindó la protección necesaria a Uribe Turbay y que, al menos en 23 ocasiones, se omitieron medidas de seguridad solicitadas de manera formal.

“Se le debían mejorar sus condiciones de seguridad. Esto es muy grave, porque tenemos que investigar si fue por omisión que sucedieron estos hechos”, señaló el abogado en declaraciones citadas por El Tiempo.

La Fiscalía, sin embargo, decidió frenar el proceso. Según El Tiempo, la imputación se detuvo por un conflicto de competencias internas, una explicación que ha dejado más preguntas que respuestas sobre el manejo del caso dentro del ente investigador.

El diario consultó a varios juristas para analizar el alcance del reversazo. El abogado Sócrates Saavedra afirmó que, si bien la Fiscalía es titular de la acción penal y puede retirar una citación,

“este tipo de decisiones en un caso tan delicado y con tufillo a impunidad resultan extrañas, violatorias de los derechos de las víctimas y refuerzan la teoría de posibles influencias para evitar judicializar a los máximos responsables del magnicidio”.

En la misma línea, el jurista Fabio Humbar advirtió, según El Tiempo, que la decisión

“deja muy mal sabor y se presta para interpretaciones que no son deseables, incluyendo la hipótesis de presiones políticas. Esto debe revisarse con lupa y aclararse con total transparencia”.

Por su parte, el penalista Francisco Bernate fue aún más contundente. En diálogo con El Tiempo, sostuvo que

“los fiscales son autónomos, pero no tiene mayor sentido que se agende una imputación y luego se reverse. Esto no ocurre ni siquiera en casos de menor magnitud, salvo circunstancias excepcionales como el fallecimiento del imputado”.

No obstante, el abogado Duván Castañeda explicó al mismo medio que el reversazo no descarta de manera definitiva que Augusto Rodríguez vuelva a ser citado.

“Puede tratarse de una decisión para adelantar más actos de investigación, recolectar mejor la evidencia y sustentar con mayor solidez una eventual imputación”, puntualizó.

El freno a la imputación contra el director de la Unidad Nacional de Protección se produce en un contexto de alta sensibilidad política, dado que Augusto Rodríguez es uno de los funcionarios más cercanos al presidente Gustavo Petro y habría sido el primer integrante del actual Gobierno en ser llamado a responder penalmente por el caso del magnicidio de Miguel Uribe Turbay.

Este reversazo no solo deja en suspenso una imputación considerada clave dentro del proceso, sino que profundiza las dudas sobre la independencia interna de la Fiscalía, el alcance real de la justicia en crímenes de alto impacto político y la posibilidad de que las máximas responsabilidades institucionales queden en la impunidad.

Las organizaciones Corpades y Sumapaz cuestionan de manera enfática la decisión adoptada por la Fiscalía General de la Nación en el caso del director de la Unidad Nacional de Protección (UNP). Como defensores de derechos humanos, consideran que existe una responsabilidad clara y estructural del director de la UNP en casos como el del dirigente político Miguel Uribe Turbay, así como en los de cientos de líderes y lideresas sociales que han sido asesinados mientras esperaban protección efectiva del Estado.

Para estas organizaciones resulta especialmente preocupante que, en un lapso mínimo y sin una explicación pública rigurosa, la Fiscalía haya decidido retirar los cargos contra Augusto Rodríguez por el presunto delito de prevaricato por omisión. Esta reversión, ocurrida el mismo día en que se había anunciado la imputación, no solo pone en duda la solidez del proceso investigativo, sino que también abre interrogantes profundos sobre la coherencia institucional y el compromiso real del Estado con la protección de quienes ejercen liderazgo social y político.

En un contexto donde la violencia contra defensores de derechos humanos persiste como una crisis estructural, esta decisión parece contradecir principios fundamentales del derecho penal y administrativo, como la proporcionalidad, la lucha contra la impunidad y la responsabilidad en el ejercicio de la función pública. La imputación inicial se sustentaba en presuntos actos de omisión que habrían contribuido a debilitar la protección de Miguel Uribe Turbay, un caso que, si bien es específico, ilustra un patrón más amplio de negligencias históricas en la UNP, especialmente en territorios de la llamada Colombia profunda.

Sin embargo, la Fiscalía optó por revocar los cargos, sin ofrecer hasta ahora una explicación detallada y transparente sobre las razones técnicas o probatorias que motivaron el reversazo. Esta falta de claridad alimenta sospechas sobre posibles influencias externas o presiones políticas, en un escenario donde el discurso gubernamental ha insistido en la protección de líderes sociales, pero donde persisten serias falencias en la implementación efectiva de esas medidas.

Las organizaciones recuerdan que el prevaricato por omisión se configura cuando un funcionario público, siendo consciente de su deber legal, decide no actuar, generando un perjuicio grave. En el caso de la UNP, estas omisiones han tenido consecuencias irreversibles: la pérdida de la vida de defensores y defensoras de derechos humanos que dependían de esquemas de protección adecuados. Por ello, cuestionar la reversión de la imputación no es un ejercicio de especulación, sino una exigencia legítima de rendición de cuentas: ¿cómo se explica que una imputación se anuncie y se retire en un lapso tan breve?

Esta volatilidad en las decisiones judiciales, advierten Corpades y Sumapaz, erosiona la confianza ciudadana en el sistema de justicia y puede interpretarse como un retroceso grave en la lucha contra la impunidad. Las organizaciones han sido reiterativas en señalar que las omisiones atribuidas al director de la UNP no son hechos aislados, sino la expresión de fallas estructurales que se repiten en múltiples regiones del país.

Entre esas falencias, denuncian el levantamiento prematuro de medidas de protección, el retiro de esquemas de seguridad sin evaluaciones técnicas rigurosas y la realización de estudios de riesgo que subestiman amenazas reales, incluso en contextos de alta conflictividad. Estas prácticas, sostienen, han tenido consecuencias fatales. Desde la firma del Acuerdo de Paz en 2016, más de 1.500 líderes sociales han sido asesinados, muchos de ellos mientras se encontraban bajo esquemas deficientes o incompletos de protección estatal.

Para Corpades y Sumapaz, extender la responsabilidad por prevaricato por omisión más allá del caso de Miguel Uribe Turbay no solo es lógico, sino necesario. Si la omisión en un caso político de alto perfil justificó inicialmente una imputación, resulta legítimo preguntar por qué no se aplica el mismo estándar frente a las omisiones reiteradas que afectan a defensores en regiones como Cauca, Arauca, Antioquia y otras zonas periféricas del país.

Finalmente, las organizaciones advierten que ignorar estos patrones equivale a perpetuar una impunidad estructural, en la que altos funcionarios evaden sanciones proporcionales al daño causado. El impacto acumulado de estas omisiones es devastador: vidas perdidas, comunidades fragmentadas y un tejido social profundamente debilitado. En ese sentido, cuestionan que, si la Fiscalía alega falta de evidencia en el caso Uribe, no haya iniciado investigaciones integrales por negligencia institucional, tal como lo ordena el artículo 250 de la Constitución, que obliga al ente acusador a investigar de oficio cuando existan indicios de conductas punibles.

A.U.

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