Criminalidad

Soldado murió tras activación de campo minado en Briceño, Antioquia

De acuerdo con la información suministrada por el Ejército, el uniformado se encontraba participando en operaciones orientadas a proteger a los habitantes de esta zona cuando se produjo la activación del campo minado.

Juan E 2 min de lectura
Soldado murió tras activación de campo minado en Briceño, Antioquia

Antioquia, Colombia, 25 agosto de 2026 – El soldado profesional Jhoan Camilo Sanabria Mendoza murió tras la activación de un campo minado mientras adelantaba operaciones militares en la vereda El Roblal, zona rural del municipio de Briceño, Antioquia.

De acuerdo con la información suministrada por el Ejército, el uniformado se encontraba participando en operaciones orientadas a proteger a los habitantes de esta zona cuando se produjo la activación del campo minado.

La institución militar atribuyó la instalación y activación del campo minado a integrantes del EGC (Ejército Gaitanista de Colombia), estructura armada organizada ilegal que, según el reporte oficial, sería responsable de la acción en la que perdió la vida el soldado.

El Ejército lamentó la muerte de Jhoan Camilo Sanabria Mendoza y expresó sus condolencias y solidaridad a sus familiares, amigos y compañeros.

La información suministrada hasta el momento no precisa la fecha y hora exactas del hecho, la unidad a la que pertenecía el militar ni entrega detalles sobre las características del campo minado. Tampoco reporta otras personas heridas o fallecidas.

La atribución de responsabilidad al EGC corresponde al reporte entregado por el Ejército y deberá ser objeto de las investigaciones correspondientes para establecer las circunstancias y responsabilidades alrededor de lo sucedido.

A.U.

La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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