Una persona murió tras fuerte colisión entre dos motos en Motilones
El siniestro ocurrió pasadas las 8:00 a. m. en el cruce de la avenida 5 con calle 10. De acuerdo con la información conocida, dos motocicletas Suzuki GN colisionaron por circunstancias que todavía son materia de investigación.

Las autoridades adelantan las diligencias correspondientes para establecer las circunstancias que provocaron el siniestro vial.
NORTE DE SANTANDER, COLOMBIA, 3 de octubre de 2026 – Una persona murió y otra resultó herida durante un accidente de tránsito que involucró a dos motocicletas en el barrio Motilones de Cúcuta, durante la mañana de este sábado.
El siniestro ocurrió pasadas las 8:00 a. m. en el cruce de la avenida 5 con calle 10. De acuerdo con la información conocida, dos motocicletas Suzuki GN colisionaron por circunstancias que todavía son materia de investigación.
Como consecuencia del fuerte impacto, uno de los conductores sufrió lesiones de gravedad y murió en el lugar.
La otra persona involucrada resultó herida y fue trasladada a un centro asistencial para recibir atención médica. En la información disponible no se precisó su estado de salud.
Las autoridades hicieron presencia en el sector para realizar la inspección del cuerpo y adelantar las primeras diligencias encaminadas a determinar las circunstancias en las que se produjo la colisión.
Por el momento, no se han informado oficialmente las identidades de las personas involucradas en el accidente.
Según lo informado por La Opinión.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
