Caldas, Colombia, 03 de mayo de 2025.- La Fiscalía General de la Nación judicializó a un pastor religioso señalado de agredir sexualmente a su hijastra de 13 años, a quien habría retenido de manera ilegal en un inmueble ubicado en zona rural del municipio de Chinchiná, el pasado 29 de abril.
De acuerdo con la investigación, el hombre habría engañado a la menor para llevarla hasta una vivienda donde, presuntamente, la encerró, amarró y amordazó, y posteriormente la agredió sexualmente. Tras varias horas, la víctima logró escapar del lugar y fue vista corriendo por la comunidad mientras su agresor la perseguía. La escena quedó registrada en una cámara de video del sector.
Alertados por los gritos de auxilio, vecinos de la zona intervinieron para proteger a la menor. En su intento de huida, el presunto agresor se movilizó en un vehículo que terminó en una cuneta. Posteriormente, abandonó el carro e intentó ocultarse en una zona boscosa, donde fue retenido por la comunidad y entregado a uniformados de la Policía Nacional.
Una fiscal local de la Seccional Caldas le imputó los delitos de acceso carnal violento agravado y secuestro agravado, cargos que no fueron aceptados por el procesado. Un juez con función de control de garantías le impuso medida de aseguramiento en centro carcelario, mientras avanza el proceso judicial.
La Fiscalía resaltó la importancia de la reacción oportuna de la comunidad y reiteró su compromiso con la protección de niñas, niños y adolescentes, víctimas de cualquier forma de violencia sexual.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.