Patrulleros se declaran inocentes y piden ser procesados en la Justicia Militar

FECHA:

Ante la Juez 29 con función de control de garantías se declararon inocentes los patrulleros Harvy Damián Rodríguez Díaz y Juan Camilo Lloreda Cubillos, vinculados en el homicidio de Javier Ordóñez, ocurrida el pasado 9 de septiembre, en el noroccidente de Bogotá.

En audiencia virtual y de manera reservada, la Fiscalía les imputó los delitos de homicidio y tortura agravada, luego de que, en la madrugada de este sábado, la delegada de la Rama Judicial declarara legal los allanamientos y procedimientos que dieron con la captura de los uniformados.

Aunque se preveía que la diligencia sería pública, por solicitud de la Fiscalía, apoyo del Ministerio Público y abogados defensores, la juez declaró que fuese reservada. En un comunicado emitido este sábado la juez notificó la determinación.

“La juez 29 penal con función de Control de Garantías ordenó la no publicidad de la continuación de las audiencias concentradas (…) determinación adoptada ya que el representante de la Fiscalía elevó solicitud de continuar con las audiencias concentradas de forma reservada”, dijo la delegada.

Si bien, el más reciente fallo de la Corte Constitucional da cabida a que los medios de comunicación accedan a dichas diligencias, salvo cuando haya un menor de edad de por medio, sea de seguridad nacional, se ponga en peligro a las víctimas o esté en riesgo la investigación, la juez consideró que esta última actuación se podía ver viciada.

“La titular del despacho accedió a la petición toda vez que encontró justa causa, en la medida que los hechos son recientes, aún la Fiscalía está en recaudo de elementos materiales probatorios y en las diligencias subsiguientes se va a realizar descubrimiento probatorio, lo que puede comprometer el éxito de la investigación”, argumentó en el documento emitido.

Así las cosas, con la explicación y la determinación de la juez, esta continuó con las diligencias y en el marco de la misma, los abogados de los policías no escatimaron en intervenir para plantear un posible conflicto de competencias, es decir, su intención es que la Justicia Penal Militar conozca del proceso.

Expertos en derecho penal aseguraron que esta actuación no se puede surtir debido a que los delitos endilgados a los uniformados se alejan de las faltas que pueden cometer en el acto del servicio y, siendo así, con tal precedente, dicha jurisdicción no podría conocer del expediente.

Sumado a ello, es importante decir, que aun cuando la Fiscalía no había decidido llamar a imputación de cargos y solicitar la medida de aseguramiento en centro carcelario a los uniformados, la penal militar ya había remitido la información que tenían en su poder sobre dicho proceso.

El caso

Cabe mencionar que los patrulleros de la policía están ante los estrados judiciales por los hechos ocurridos en la madrugada del 9 de septiembre, con el estudiante de derecho Javier Ordóñez, quien fue golpeado severamente en el marco de un procedimiento policial luego de que departiera con unos amigos que resultaron siendo testigos de su muerte.

Ordóñez estando en el piso, en más de una ocasión le fue accionada el arma taser contra su integridad, mientras él imploraba que dejaran de hacerlo. Luego de dicha acción el hombre junto con su amigo, fueron trasladados al Centro de Atención Inmediata de Villa Luz en Engativá, donde, al parecer, le siguieron propinando golpes al hoy fallecido.

El relato de uno de sus amigos da cuenta que cuando vieron el estado de salud de Ordóñez alertaron a los miembros de la Policía, para que fuese trasladado a un centro asistencial, sin embargo, una vez llegan al lugar el hombre se desgonza en la silla de ruedas y minutos más tarde el médico dice que llegó sin signos vitales.

Tomado de Radio Nacional

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