¿Por qué sigue rondando mural de falsos positivos si un juez ordenó eliminarlo?

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El Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) tenía 48 horas para eliminar de redes sociales y medios de comunicación la imagen conocida como «¿Quién dio la orden?» Sin embargo, el polémico mural, que muestra a los generales del Ejército Nicacio Martínez (r), Mario Montoya Uribe (r), Adolfo León Hernández Martínez, Marcos Evangelista Pinto Lizarazo y Juan Carlos Barrera (r) como supuestos responsables de casos de ejecuciones extrajudiciales, sigue rondando sin obstáculos en redes sociales. La orden de sacar la imagen del dominio público la dio el Juzgado 13 civil del circuito de Bogotá, el pasado 21 de febrero, sin que hasta ahora se haya cumplido su mandato.

Las razones, aseguran expertos, son varias. Primero, porque, como lo afirmó el Movice, el mural ya hace parte del patrimonio de la sociedad. Segundo, que cualquier orden de eliminar contenido compartido en redes sociales o en medios de comunicación, va en contra de la libertad de expresión y de prensa. Y, tercero, porque la orden del Juzgado 13 civil del circuito de Bogotá es prácticamente imposible de cumplir. Así lo explicó la Fundación para la Liberta de Prensa (Flip) pues, por más que haya de por medio una orden judicial, el Movice no tienen ninguna capacidad de borrar comentarios en redes sociales de ciudadanos, y mucho menos de publicaciones prensa.

“La decisión del juzgado es confusa porque se puede interpretar de dos maneras. Una es que le da la orden al Movice de borrar el mensaje de todas partes, cosa que es imposible de cumplir. Y la otra es interpretándola como que la orden de borrar el mural es una generalizada a todas las personas y medios que hayan divulgado la imagen. Pero esto va en contra del derecho al debido proceso y a la legítima defensa, pues ninguno de ellos tuvo la oportunidad de defenderse en el proceso y por eso el fallo no debería afectar a nadie más”, señaló Luisa Isaza Ibarra, coordinadora de defensa y atención a periodistas de la Flip.

Desde la Fundación para la Libertad de Prensa, su director encargado, Jonathan Block agregó que este fallo va en contravía de la libertad de expresión y es prácticamente imposible de cumplir. Para tomar esta problemática decisión, el juzgado del caso estudió, en segunda instancia, una tutela del general Marcos Evangelista Pinto en la que aseguraba que se le habían vulnerado sus derechos fundamentales de dignidad humana, buen hombre, honra, presunción de inocencia, debido proceso y buen nombre de su núcleo familiar. En concreto, el juzgado protegió estos derechos pues, según el fallo, el mural no podía hacer ninguna inferencia entre el general y falsos positivos porque contra él no hay ninguna condena.

El mural se empezó a pintar en Bogotá en octubre del año pasado, pero, rápidamente, llegaron militares, policías e incluso –aseguraron las organizaciones sociales– militares vestidos de civil. Con pintura blanca, cubrieron el arte que contenía la denuncia por los falsos positivos. El Movice reaccionó desde su cuenta de Twitter contando lo ocurrido y pidiendo que otros usuarios de la red hicieran viral la imagen de la que las organizaciones llamaron “Campaña por la verdad”. Y así fue como inició este lío jurídico, con las tutelas del general (r) Montoya y general Marcos Evangelista Pinto.

En primera instancia, los uniformados perdieron el intento. El Juzgado 79 Penal Municipal de Garantías de Bogotá declaró improcedentes las tutelas pues concluyó que a los generales demandantes les faltó tomar un paso esencial antes de recurrir a la justicia: el de solicitar directamente al Movice que rectificara la información divulgada. La decisión fue apelada y llegó al juzgado 13 civil del circuito de Bogotá, que dejó sin efectos la decisión de primera instancia y emitió el nuevo fallo, hoy criticado por su ineficacia. El Movice ha señalado que le pedirán a la Corte Constitucional que revise el caso y que, si es necesario, vincule a todas las personas que hayan divulgado el mural.

El movimiento de víctimas explicó que eliminar de redes sociales la imagen en cuestión sobrepasa sus posibilidades pues la propagación de su contenido se dio luego de que uniformados borraran de una pared de Bogotá el mural que estaba en proceso de creación. “Fue censurado y eliminado el 18 de octubre de 2019 en un operativo arbitrario por parte de la Brigada 13 del Ejército”, añadió el movimiento de víctimas. Bajo la mirada de varios penalistas, el Movice tiene razón y la decisión del juzgado de Bogotá es una, más bien, simbólica y sin poca utilidad pues ocurrió justamente lo contrario: al conocer la orden, cientos de usuarios de redes sociales replicaron la imagen.

Para el abogado penalista Francisco Bernate, es claro que la orden judicial no obliga a quienes han usado redes sociales para difundir el mural, a borrar ese contenido. Además, tampoco aplica para medios de comunicación que lo hayan divulgado pues, simplemente, ninguno de ellos fue vinculado a la acción de tutela “y las órdenes judiciales solo las cumplen las partes de ese proceso”. En este mismo sentido, el jurista y también penalistas, Iván Cancino, agregó que “la tutela solo aplica para quién la emitió y sobre quién. Podría pasar que presenten una tutela en contra de cada medio o cada persona que haya publicado la imagen. De lo contrario, no hay obligación de eliminar nada”.

Para Cancino, este debate recuerda que todavía existe en Colombia un vacío frente al uso de redes sociales pues una nueva ley o un pronunciamiento de la Corte Constitucional podría aclarar si las tutelas sobre este tema pueden tener efectos colectivos, es decir, no solo en la persona vinculada a los procesos judiciales, sino a cualquiera que actúe igual que ella. “Mientras tanto, tendría que existir una tutela para cada uno de los usuarios de redes sociales y cada medio de comunicación que publique contenido que puede resultar polémico”, resaltó Cancino.

La pieza de arte, que además de las caras de los altos oficiales, tiene cifra de 5.763 ejecuciones extrajudiciales que, de acuerdo con las organizaciones de víctimas, se cometieron entre 2000 y 2010, sigue rondando sin parar. Luz Marina Hache, en diálogo con La W Radio, rechazó la orden del juez e invitó al general Marcos Evangelista Pinto a que acuda a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) “y demuestre que no tuvo nada que ver. Pero esta no es la forma”.

Tomado de El Espectador

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