CALI, COLOMBIA, (11 SEP 2024) – La Fiscalía General de la Nación logró una condena de 15 años de prisión para tres integrantes del ELN por el secuestro extorsivo de un funcionario de la Personería de Cali, ocurrido el 10 de junio de 2023 en el municipio de Restrepo (Valle del Cauca). Los sentenciados exigieron mil millones de pesos a cambio de la liberación de la víctima.
Los responsables fueron identificados como Efrén C. M., alias Juancho; Ricardo José C. G., alias Vitamina; y Rafael N. Z., alias Raimer, quienes pertenecían a la compañía Omar Silgado del frente Che Guevara del ELN, que opera en la región de Triana y Bendiciones, en el municipio de Buenaventura (Valle del Cauca).
La investigación reveló que el secuestro ocurrió cuando la víctima, un funcionario de la Personería de Cali, llegaba a una finca en zona rural de Restrepo. Los secuestradores lo abordaron con armas de fuego, lo obligaron a subir a un automóvil y lo condujeron a zona rural de Bendiciones. Desde allí exigieron mil millones de pesos por su liberación.
Siete días después, gracias a una operación de registro y allanamiento en Calima-Darién (Valle del Cauca), las autoridades lograron la liberación del secuestrado y capturaron a los ahora sentenciados. El juez también impuso una multa de 1.460 salarios mínimos legales mensuales vigentes a los tres responsables. Además, se ordenó que, tras cumplir su condena, alias Raimer, de nacionalidad venezolana, sea deportado a su país de origen.
Por estos mismos hechos, Jair M. C., alias Tyson, y José Iver S. S., alias Primo, se encuentran en etapa de juicio, luego de no aceptar los cargos formulados por la Fiscalía.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.