La abogada Natalia Bernal, nuevamente radicó ante la Corte Constitucional, un recurso que busca penalizar el aborto en el país, tras revisar los antecedentes penales sobre la interrupción del embarazo en Colombia.
Bernal aseguró que revisó las demandas, lo que la motivó para volverlas a radicar, uno de los recursos va contra el Código Civil, y pide que el Estado reconozca al feto como persona con derechos.
La segunda, contra el Código Penal, busca tumbar las tres causales: malformación del feto, casos de violación, o el riesgo de la vida para la madre por causa del estado de gestación.
«Los niños menores de un año comprenden los niños en gestación. La falta de reconocimiento del carácter de persona humana a este grupo de seres vivientes, además de demostrar una incapacidad total de las autoridades públicas para garantizar la protección de los derechos impide que los niños en período gestacional reciban cuidados médicos», indica una de las demandas.
El pasado lunes 2 de marzo, la Corte Constitucional se declaró inhibida para pronunciarse de fondo sobre el tema del aborto, por lo que únicamente el procedimiento seguirá siendo legal si atiende a una de las tres causales.
Las posibilidades que tenía la Corte eran despenalizarlo por cualquier causal o dejarlo tal y como está y no emitir un nuevo pronunciamiento de fondo, por lo que el Alto Tribunal decidió no acoger la ponencia del magistrado Alejandro Linares, quien pedía despenalizar el procedimiento en las primeras 16 semanas de gestación.
El Alto Tribunal estudió las dos demandas de la abogada Natalia Bernal, quien pedía retroceder en el reconocimiento de este derecho fundamental y penalizar totalmente la interrupción del embarazo. A favor de la ponencia de Alejandro Linares votaron, además, los magistrados Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes Cuartas. Pero los magistrados restantes consideraron que sobre algunos cargos que alegaba la abogada Bernal, la Corte ya se había pronunciado en 2006.
«Los requisitos de certeza, claridad, especificidad y suficiencia, razón por la cual se declaró inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo», manifestó la Corte sobre el particular.
Tomado de Radio Santa Fe