Rechazan proyecto de reforma constitucional que le impedirá a la JEP obtener información útil para conocer la verdad del conflicto

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El representante a la Cámara Óscar Pérez Pineda radicó en el Congreso una iniciativa que pretende impedir que la Jurisdicción Especial de Paz, la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas accedan a información de carácter reservado, pues se puede poner en riesgo la seguridad nacional y su soberanía.

Teme el proponente que la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición, “que no tiene funciones jurisdiccionales y que no tiene la capacidad ni funciones de juzgar desde el punto de vista judicial”, tenga pleno acceso a información, documentos y expedientes de alto valor para la seguridad del país. “Es sumamente peligroso para la vida y la integridad de los agentes de los servicios de inteligencia y contrainteligencia que todas esas operaciones circulen a la deriva, sin unas condiciones particularmente atractivas y suficientes que garanticen su propia seguridad, la de las personas involucradas y la defensa de la Nación. Esa garantía de reserva legal contenida en el Decreto 588 de 2017 tiene un efecto fantasmagórico”, dice el proyecto en uno de sus apartes.

El artículo 16 del mencionado Decreto señala y explica las facultades de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición y dispone el acceso de los órganos que componen dicha comisión a información reservada, es decir, que ninguna entidad pública o funcionario público, según esta norma, le puede oponer las reservas en materia de acceso a la información que contengan los datos requeridos.

En la exposición de motivos del proyecto de acto legislativo 087 se advierte que “no es posible determinar quién es el responsable de garantizar las condiciones de seguridad de esas informaciones diferentes a los mismos miembros que la integran”. Es decir, que la información obtenida por la Comisión no sería objeto de ningún control real y efectivo por parte de una entidad pública, según las motivaciones del proyecto.

Aunque la Comisión ha dicho que ofrece plenas garantías de la reserva de esa información, el proponente señala que “es bastante ingenuo pensarlo, tomando en cuenta que no existe una causa eficiente ni un mecanismo eficaz y serio que generen confianza y que garantice que la información y las personas mencionadas en los expedientes gozarán de absoluta confidencialidad y seguridad”.

El único artículo del proyecto de acto legislativo 087, que comenzó su trámite con una audiencia pública en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, dice de la siguiente manera:

“Artículo 1. Adiciónese el siguiente artículo transitorio a la Constitución Política:
Artículo transitorio 5A.- La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado; la Jurisdicción Especial para la Paz, y cualesquiera otro mecanismo que forme parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR); en ningún caso y bajo ninguna circunstancia, podrá solicitar, requerir, pedir u oficiar a las entidades públicas de cualquier orden, a los organismos de control, a los servidores públicos y a los particulares que cumplen o cumplieron funciones públicas, información, datos, documentos de carácter reservado, documentos de altísima sensibilidad, expedientes de carácter reservado, información sometida a reserva, o cualquiera otra operación relacionada con información estatal o documentos de cualquier índole, en donde se señale, indique, mencione, describa, o especifique información relacionada con la seguridad nacional, tales como operaciones militares, operaciones estatales, operaciones de inteligencia, operaciones de contrainteligencia o cualquier otra información que atente o ponga en riesgo mínimo la seguridad nacional o de cualquiera de sus agentes.
Tampoco podrán las instituciones y/o mecanismos señalados en el inciso anterior, so pretexto de cumplir sus funciones, requerir ningún tipo de información personal contenida en hojas de vida, historial personal, listas de miembros o datos relacionados con la vida profesional o privada del personal de los servicios inteligencia y contrainteligencia de las Fuerzas Militares, de la Policía Nacional y de los organismos de seguridad e inteligencia del Estado.

Parágrafo. El desconocimiento de lo previsto en este artículo constituirá falta gravísima, tanto para quien solicite como para quien suministre la información a que se refiere este artículo, y será sancionada conforme a las normas disciplinarias vigentes, sin perjuicio de las sanciones penales contempladas en la jurisdicción penal ordinaria”.

El representante Pérez destacó que con el proyecto se busca que ninguna autoridad ni institución pueda pedir información sensible para el Estado. “No entiendo por qué tanta sensibilidad del padre de Roux; entonces, él tiene derecho a conocer toda la información del Estado por lo de la tal comisión de la verdad. Entonces en caso de guerra con Venezuela, toca revelar dónde están los tanques. El alcance del proyecto no es esconder información de responsables de crímenes. La información que requieran estas instituciones, bienvenida, mientras no ponga en peligro la seguridad nacional ni la soberanía nacional”, dijo Pérez.

Pérez Pineda recordó que “no es un secreto que al interior de la Comisión existen distintos matices ideológicos, donde la mayoría de sus miembros son de una tendencia de izquierda declarada por ellos mismos en diversos artículos y en sus propias redes sociales a lo largo de los años que duraron las conversaciones de paz en La Habana; incluso donde muchos han mostrado aquiescencia con algunos de lo más macabros hechos ejecutados por las guerrillas y con algunas de sus ideologías; lo cual hace que se cree un manto de dudas sobre la utilización que se pueda derivar de la información a la cual puedan acceder. Ello es una garantía de poca reserva”, argumento que plasmó en la exposición de motivos que explican la propuesta.

El proyecto ha generado el rechazo de organizaciones como la ONU y de entidades como la Procuraduría General de la Nación por considerarla contraria y violatoria a los derechos de las víctimas a conocer la verdad de lo sucedido en el conflicto.

El presidente de la Comisión de la Verdad, Francisco de Roux, expresó su protesta e indignación por lo que se expresa en la exposición de motivos del proyecto de ley. “Es falso, injusto, vulnerador de nuestra ética. La Comisión de la Verdad está conformada por mujeres y hombres con ética. Es una Comisión que no hace política, sino que lucha contra las mentiras, los silencios y el miedo”, dijo De Roux en la audiencia pública, en la que estuvieron presentes todos los actores de las instituciones creadas por el Acuerdo Final de paz.

Finalmente, De Roux se comprometió a no recibir archivos reservados y de alta seguridad, “mientras ese aparato no esté listo”.