Revocan condena a la Policía por detención de un uniformado que resultó absuelto

FECHA:

El Consejo de Estado revocó la condena que se le impuso al Ministerio de Defensa, en cabeza de la Policía Nacional, por haber mantenido privado de su libertad a un patrullero durante ocho meses, sin poder demostrar que incurrió en desobediencia y que se evadió de su puesto.

Al uniformado, que fue objeto de una investigación ante la Justicia Penal Militar por desobediencia y abandono de su puesto en el Escuadrón Móvil de Carabineros del Departamento de Policía de Sucre, se le impuso medida de aseguramiento el 7 de junio del 2005. Tras recuperar su libertad en febrero del 2006, terminó siendo absuelto de los cargos cuatro meses más tarde.

Frente a este fallo que demostró su inocencia, el uniformado presentó una demanda de reparación directa, con el fin de que el ministerio y la Policía Nacional se viera obligada a reparar los daños producidos por esta privación de su libertad, con el pago de más de 382 millones de pesos.

En marzo del 2015 el Tribunal Administrativo de Sucre accedió parcialmente a las pretensiones. Ordenó a las entidades demandadas resarcir a las víctimas con el pago de más de 135 millones de pesos, al considerar que el fallo absolutorio obligaba a reparar el daño causado por la privación injusta de la libertad que se le impuso al policía en su momento.

La Policía interpuso recurso de apelación. A su juicio, la responsable de la producción del daño era la Justicia Penal Militar. Además, sostuvo que la absolución del demandante obedecía a dudas probatorias sobre su responsabilidad, lo cual, en su criterio, no autorizaba al Tribunal a examinar la reparación del daño desde la responsabilidad objetiva, es decir, sin tener en cuenta qué acción u omisión de parte del Estado contribuyó a la generación del perjuicio.

El Consejo de Estado revocó la condena que se le impuso a las entidades. Sostuvo que los testimonios de los policías y el material documental prueban la necesidad de la imposición de la medida privativa de la libertad y que esta se ajustó a las exigencias de ley para la época de los hechos, a saber, la existencia de un indicio grave de responsabilidad o cuando se trate de conductas atentatorias contra la disciplina o el servicio

Tomado de Radio Nacional

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