“Solo pretendo saber la verdad, no el pago de perjuicios”, viuda de Martín Elías

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La historia del proceso judicial por la trágica muerte del cantante vallenato Martín Elías Díaz Acosta parece que está a punto de llegar a sus días más álgidos. Este martes, la viuda del más popular de los hijos de Diomedes Díaz emitió un comunicado en el que señala que su único fin con el proceso penal que se adelanta es saber la verdad de lo acontecido esa mañana del 14 de abril de 2017.

En el documento de tres puntos, Jaimes expresa que pese a las afectaciones de carácter personal y emocional no exigirá de parte de Armando Quintero, el conductor de la camioneta el día del accidente, ni de su familia, el pago de perjuicios.

“Entiendo el carácter culposo del delito por el cual la Fiscalía General de la Nación imputó cargos al señor Quintero, razón por la cual estoy lejos de considerar que él hubiese querido acabar con la vida de Martín, y mucho menos que Martín quisiera morir”, agrega.

En otro de los apartes, la mujer señala que contrario a lo que algunas personas han manifestado en redes sociales, el proceso penal es una investigación de oficio del ente acusador por las consecuencias fatales del mismo, y no porque ella así lo haya pedido. “Mi hija y yo estamos presentes porque somos víctimas del lamentable suceso”.

Esta semana también se supo que el juez cuarto penal del circuito de Sincelejo, donde cursa el proceso, había aceptado que la Fiscalía presente como evidencia el informe técnico hecho por la firma Automotores Toyota Colombia, en el que se detallaría con precisión de la velocidad que llevaba la camioneta en los segundos previos al accidente en una vía de Sucre, cerca al municipio de San Onofre.

Lo que trascendió es que en dicho informe especializado se habría determinado que la camioneta Toyota Land Cruiser viajaba a 159 kilómetros por hora hasta 3.2 segundos antes del impacto, sobre una carretera en el que límite de velocidad está estipulado en 50 kilómetros por hora.

Ese día Martín Elías viajaba en su veículo de Coveñas a Valledupar, junto a su gran amigo Rafael Rico, su asistente Alex Ramírez, y el conductor Quintero, después de haber dado un concierto de Viernes Santo junto a su acordeonero y amigo Rolando Ochoa. Quintero nunca ha ceptado los cargos imputados por la Fiscalía en abril de 2018.

Como análisis frente a los recientes anuncios del caso, el abogado penalista Miguel Ángel Del Río señala que en los delitos culposos a diferencia de los dolosos el indiciado no desea la muerte de la víctima y que en este caso Quintero no tendría que ir a prisión, si llegase a resultar condenado.

“Lo anterior es consecuencia, entre otras cosas, de una imprudencia o de una negligencia. También se conoce como delito imprudente y la ley penal le da un máximo establecido de 68 meses, lo que los convierte en excarcelable. Existen algunos criterios que lo reducen a culposo como lo establece el artículo 23 del Código Penal: el resultado es producto de la infracción al deber objetivo de cuidado y el agente debió haberlo previsto por ser previsible o habiéndolo previsto, confió en poder evitarlo”, explicó el jurista.

En el final del comunicado Jaimes indica que nunca ha tenido la intención de juzgar a título personal a Quintero, pero que conocer la verdad de loa acontecido será un motivo de tranquilidad para la familia. “Serán los jueces de la República quienes determinarán si existe o no responsabilidad”, agrega. Pero, aunque el proceso parece cada vez dibujar más caminos para su resolución, habrá que esperar hasta el próximo 30 de septiembre para cuando está programada la próxima audiencia.

Tomado de Revista Semana

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