El plazo para que la JEP concluya sus funciones, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley Estatutaria, es de 10 años, contados a partir del 15 de marzo de 2018, fecha en la que esta jurisdicción abrió sus puertas.
Por esas razones el Juzgado consideró que las afirmaciones que hizo Petro sí cumplieron con lo estipulado en la retractación y negó la petición de apertura de un proceso por desacato que había presentado la defensa de Uribe.