Por su parte, la magistrada Rodríguez consideró que la Sección debió haber solicitado otras pruebas "que hubieren permitido establecer la fecha precisa de la comisión de la conducta".
Para el Ministerio Público resulta prioritario que la JEP defina no solo cuál es el camino de la pérdida de la libertad de Velásquez Saldarriaga y a quién corresponde expedir las órdenes de captura para su comparecencia, sino también el procedimiento para el cumplimiento de las sanciones propias que le impuso esa jurisdicción especial, ante su renuencia a ofrecer verdad y reparar a las víctimas.