La Ley Estatutaria fija parámetros claros para la atención de las víctimas y la materialización de sus derechos. Así mismo, se garantizan plenamente los derechos de las víctimas a lo largo de todos los procesos en la JEP.
Entendemos que, con lo manifestado por la Corte, los jueces de la Jurisdicción Especial para la Paz, los magistrados que tengan el encargo de tramitar esas garantías de no extradición consagradas en la norma constitucional, pueden en efecto practicar pruebas.