Categoría: Penas de prisión de 20 años

El artículo 129 indica que las sanciones propias y alternativas tendrán una duración mínima de dos años y una máxima de cinco años, incluídas las aplicables por concurso de delitos, para quienes no hayan tenido una participación determinante en las conductas más graves y representativas, aun interviniendo en ellas, salvo que se trate de las hipótesis contempladas en el literal h) del artículo 84 de la Ley 1957.