La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV) y la Unidad de…
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La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP- ratificar el llamado hecho a 31 miembros del partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común -Farc- a presentar un informe detallado de las acciones realizadas para cumplir con las condiciones de acceso y permanencia en este sistema de justicia transicional.
En concepto enviado a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, el Ministerio Público pidió negar el recurso de reposición sustentado por 9 de los 31 integrantes del partido FARC, quienes se niegan a entregar el informe bajo el argumento de que no es la etapa procesal indicada para rendirlo.
Los miembros de la Farc sobre los que se pidió negar el recurso son: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Julián Gallo Cubillos, Luis Oscar Úsuga Restrepo, Rodrigo Granda Escobar, Seuxis Paucias Hernández Solarte, José Benito Cabrera, Milton de Jesús Toncel Redondo y José Aldinever Sierra Sabogal.
Para el Ministerio Público, la solicitud de la JEP se origina en las competencias de esta jurisdicción para verificar que los exmiembros de las FARC-EP cumplan progresiva y gradualmente los compromisos derivados del Acuerdo Final y las obligaciones fijadas en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR).
La Procuraduría señaló que el nivel de contribución y cumplimiento de los compromisos adquiridos determina la magnitud de los beneficios para quienes se acogieron al sistema, razón por la cual la solicitud de la sala no se puede limitar a una etapa del proceso, dado que esa colaboración debe ser integral con todo el Sistema y en forma permanente.
Sobre la ausencia de algunos exmilitantes de las Farc-EP en los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación, el Ministerio Público señaló que no constituye una falta a sus obligaciones con el sistema, siempre y cuando continúen adelantando las actividades individuales y colectivas que permitan llevar a cabo la implementación del Acuerdo Final y su proceso de reincorporación.
En concepto de la Procuraduría el sometimiento a la JEP se fundamenta en la libertad individual y el libre ejercicio de los derechos de los comparecientes, siempre y cuando cumplan con los compromisos adquiridos.
El pasado 15 de julio vencieron los cinco meses establecidos por el Gobierno nacional en el decreto 288 de 2018 para la entrada en funcionamiento de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el marco y con ocasión del conflicto armado (UBPD).
El Estado colombiano, que no cumplió totalmente las recomendaciones que se le hicieron en 2008 y 2013, deberá trabajar con decisión para resolver todas las graves violaciones a los Derechos Humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario que se siguen cometiendo en el país.
Luz Marina Monzón, directora de la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, UBPD, presentó a la opinión pública, a través…