La CIDH y la Oficina de la Alta Comisionada recuerdan que la protesta social es un derecho humano y que ésta siempre debe ser pacífica en todas sus manifestaciones y acciones. Asimismo, recuerdan que el uso de la fuerza en manifestaciones públicas debe ser excepcional y en circunstancias estrictamente necesarias conforme a los principios internacionalmente reconocidos.
Los mingueros hicieron un llamado a las autoridades competentes para que brinden una protección oportuna y efectiva a los comunicadores. Además, solicitaron que se investiguen los hechos y se tomen las acciones legales pertinentes por los acontecimientos ocurridos, los cuales “constituyen una violación a la libertad de prensa”.
Consecuencia de gases lacrimógenos lanzados por el Esmad resultó lesionado Edgar Erney Guegia Dizu, afectado de gravedad en la parte inferior de su brazo por esquirlas, así como en su pierna.
Llama la atención que mientras el Estado expone en tierras extranjeras su “decidido apoyo, esfuerzos, respeto y búsqueda” de mecanismos para favorecer a los pueblos indígenas nacionales, en el territorio la realidad sea otra y se niegue a entablar una conversación con ellos para reformar, garantizar y hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas.