Bolívar, Colombia, 29 de marzo de 2025.- La Fiscalía General de la Nación presentó ante jueces de control de garantías a tres hombres que, en hechos independientes, habrían incurrido en actividades relacionadas con el tráfico de estupefacientes en el departamento de Bolívar. Todos fueron imputados por el delito de fabricación, tráfico o porte de estupefacientes y deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.
Primer caso: allanamiento en Mompox
En una operación conjunta realizada el pasado 20 de marzo por la Policía Nacional y el Ejército, fueron capturados Edgardo Saenz Reyes, de 36 años, y Lenin Alfonso Romo Martínez, de 40, durante un allanamiento en el barrio 1 de Julio del municipio de Mompox.

Durante el procedimiento, las autoridades incautaron marihuana dosificada y lista para su distribución, grameras utilizadas para el pesaje de las sustancias, así como dinero en efectivo. El material hallado fue presentado como prueba ante el juez de garantías para sustentar la imputación de cargos.
Segundo caso: cocaína incautada en vía a Arjona
En otro procedimiento, fue judicializado Alex Arrieta Rivera, capturado en flagrancia mientras se movilizaba en un vehículo de servicio público por la carretera que conecta al corregimiento de Sincerín con Arjona. La Policía Nacional lo detuvo en un operativo de control rutinario, y durante la requisa le hallaron más de 400 gramos de cocaína.
Ninguno de los tres procesados aceptó los cargos. No obstante, las pruebas presentadas por la Fiscalía fueron suficientes para que un juez impusiera medida de aseguramiento intramuros mientras avanzan los respectivos procesos judiciales.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.