Tribunal de Cundinamarca suspendió otorgamiento de licencias mineras

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Mediante sentencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Ministerio de Minas y Energía, a la Agencia Nacional de Minerías y al Ministerio del Medio Ambiente, suspender hasta por tres años el otorgamiento de licencias ambientales mineras en el país, hasta que no haya una delimitación de las zonas de reserva de recursos naturales.

La Resolución 484 de 2012 se suspende hasta que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible establezca en un término no mayor a tres años las respectivas delimitaciones y/o zonas de reserva de recursos naturales, tales como humedales, páramos, parques naturales, aguas subterráneas y demás áreas de importancia ecológica, con base en estudios técnicos, idóneos, integrales, precisos, adecuados y eficaces, que garanticen la preservación del ambiente y de los recursos naturales.

En la sentencia se advierte que una vez hayan sido concluidos esos estudios y se precisen los polígonos de las áreas excluidas de la minería en el país, el Ministerio de Ambiente deberá remitir, dentro del término no superior a un (1) mes, esa información a la Agencia Nacional de Minería.

Una vez recibida la información que delimita las zonas de reserva natural, la Agencia Nacional Minera deberá actualizar la información del Catastro Minero, dentro de un término no superior a un (1) mes.

Según el fallo, la suspensión no aplica a la extracción petrolera ni a las solicitudes de legalización minera tradicional, y de aquellas que se conceden en el ejercicio del derecho de prelación de comunidades étnicas. Asimismo, se ordena la creación de un Comité de Verificación de Cumplimiento, integrado por los demandantes y demandados, al igual que por la Procuraduría General de la Nación.

En la sentencia se destaca que existen varias zonas excluidas de la minería por mandato legal, y otras zonas que por su importancia ambiental deberían agregarse a ese inventario como, por ejemplo, los humedales y las aguas subterráneas.