Preliminarmente, autoridades identifican a la víctima como Gilberto Junior Santana Almanza, de 46 años
ATLÁNTICO, COLOMBIA. (31 ENE 2025) – Un vendedor de peto identificado como Gilberto Junior Santana Almanza, de 46 años, fue asesinado a plena luz del día mientras realizaba su labor en el barrio Evaristo Sourdis, en la localidad Suroccidente de Barranquilla.
De acuerdo con los datos proporcionados por El Heraldo. El crimen ocurrió alrededor de las 2:00 p. m. en la carrera 9C2 con calle 77. Según testigos, Santana se movilizaba en su triciclo ofreciendo su tradicional bebida de casa en casa cuando dos hombres en motocicleta lo interceptaron. Sin mediar palabra, el parrillero sacó un arma de fuego y le disparó en la cabeza antes de huir del lugar.
El vendedor era una figura querida en el sector, reconocido por su característica frase: “Si no te gusta, no me lo pagues”, con la que lograba atraer a sus clientes.
Las autoridades realizaron la inspección técnica del cadáver y desplegaron un operativo para dar con el paradero de los responsables. Hasta el momento, no se han esclarecido las causas del ataque, pero la Policía y la Fiscalía adelantan las investigaciones para determinar si el homicidio está relacionado con represalias o algún otro tipo de hecho delictivo.
Este asesinato se suma a una creciente ola de violencia que preocupa a los habitantes del Suroccidente de Barranquilla, quienes piden mayores medidas de seguridad para evitar que hechos como este sigan ocurriendo en la ciudad.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.