Condenan a exrector de la Universidad de Medellín por irregularidades en la titulación de abogado de un exsenador

FECHA:

El exdirectivo y cuatro profesores más fueron absueltos a comienzos de este año por el delito de falsedad ideológica en documento público.

Fiscalía General de la Nación (FGN)

MEDELLÍN, ANTIOQUIA, COLOMBIA (7 MAY 2024) – Néstor de Jesús Hincapié Vargas, exrector de la Universidad de Medellín, ha sido condenado a 5 años y 10 meses de prisión por su papel en la titulación irregular del exsenador Julián Bedoya Pulgarín. La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín también sentenció a cuatro profesores a 4 años y 6 meses de cárcel, tras resolver un recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la Nación.

Los hechos se remontan a marzo de 2019, cuando se facilitó la graduación de Bedoya Pulgarín a través de medios fraudulentos. La investigación reveló que Hincapié Vargas coordinó actividades que permitieron al entonces estudiante obtener el título de abogado sin cumplir con los requisitos académicos obligatorios, incluyendo la aprobación de una segunda lengua y la presentación de pruebas de suficiencia, las cuales fueron falsamente certificadas como superadas con notas sobresalientes.

Además, se encontró que en un solo día, Bedoya Pulgarín presentó y aprobó cinco exámenes de suficiencia, lo que resultó ser parte de las manipulaciones para acelerar su titulación. Los profesores involucrados, aunque absueltos inicialmente por un juzgado penal del circuito de Medellín en enero de 2024 por el delito de falsedad ideológica en documento público, finalmente enfrentaron condenas al confirmarse su participación en la firma de actas en blanco para exámenes no presentados.

En la decisión de segunda instancia, la Corte también confirmó las sentencias previas contra Yolanda Cossio Rincón, exsecretaria de la Facultad de Derecho, y Juan Felipe Hernández Giraldo, ex secretario del Consejo Académico, ajustando la pena de este último a 4 años y 6 meses.

El tribunal otorgó a todos los condenados el beneficio de la prisión domiciliaria, sujeto al pago de una caución equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente.

El fallo puede ser objeto de recurso ante la Corte Suprema de Justicia, lo que podría prolongar la conclusión final del caso.

A.U.


La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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