Intervención policial en Manizales evita hurto en transporte público

FECHA:

MANIZALES, CALDAS, COLOMBIA (2 JUN 2024) – En el marco del nuevo “Modelo del Servicio de Policía Orientado a las Personas”, la Policía Nacional en Manizales, en articulación con la Secretaría del Interior, continúa ejecutando el #PlanDeControlCiudad, cuyo objetivo es garantizar la seguridad en el transporte público.

Los uniformados fueron alertados por la comunidad mediante voces de auxilio dentro de una buseta, indicando una posible riña. Al llegar al lugar, observaron a dos hombres y dos mujeres, de entre 20 y 26 años, discutiendo con un ciudadano que les manifestó que los jóvenes pretendían hurtarlo.

De inmediato, los policías realizaron un registro personal y encontraron un arma cortopunzante en poder de uno de los individuos. Los cuatro ciudadanos fueron trasladados al Centro Transitorio por Protección (CTP) en atención al Artículo 155 del Código Nacional de Policía y Convivencia, que permite el traslado por protección cuando la vida e integridad de una persona o de terceros está en riesgo, y el Artículo 27, Numeral 6, que prohíbe portar armas cortopunzantes en áreas comunes o lugares públicos.

Cabe destacar que estas personas no fueron capturadas debido a la falta de denuncia penal por parte de los pasajeros del transporte. La Policía Nacional agradece el apoyo de la ciudadanía y exhorta a la comunidad a denunciar cualquier incidente a través de la línea 123 o el cuadrante más cercano.

Este operativo refleja el compromiso de las autoridades en mantener la seguridad en el transporte público y proteger a los ciudadanos de posibles delitos.

A.U.


La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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