San Andrés, Colombia, 15 de marzo de 2025.- Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Bryce Steven Gómez Mora, quien habría participado en un asalto violento en una vivienda del barrio Simpson Well, en el archipiélago de San Andrés.
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Unidad de Vida, le imputó los delitos de tentativa de homicidio agravado, secuestro simple, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego agravada, hurto calificado y receptación. Sin embargo, el procesado no aceptó los cargos.
Detalles del ataque
Los hechos ocurrieron el 10 de marzo, cuando un grupo de hombres armados, entre los que se encontraría Gómez Mora, irrumpió en una casa finca y retuvo a tres personas. Según la investigación, los presuntos delincuentes intimidaron a las víctimas para obtener información sobre la supuesta ubicación de unas armas.
Dos de los retenidos fueron agredidos físicamente y amenazados de muerte, mientras que a todos les fueron robados celulares, computadores, prendas de oro y dinero.
Captura en flagrancia
La Policía Nacional fue alertada del ataque y, al llegar al lugar, fue recibida con disparos, lo que dejó a un uniformado herido. En medio de la reacción policial, Gómez Mora, de 18 años, fue capturado en flagrancia.
Al momento de su detención, se le encontró en su poder un arma de dotación oficial del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), la cual había sido reportada como hurtada desde 2020.
Con base en los elementos materiales probatorios presentados por la Fiscalía, el juez determinó que Gómez Mora deberá permanecer en prisión mientras avanza el proceso en su contra.
A.U.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.