El ‘Montañero’ ha recibido múltiples “ataques” desde su salida de la cárcel: todos desde la institucionalidad

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Foto tomada del video de RTVC.

El mismo Estado que promueve la protección de los derechos fundamentales de los pospenados es el que construye barreras insalvables para su integración a la sociedad. El único plan de acompañamiento para el pospenado es la censura.

Antioquia, Colombia, 9 abril de 2024.- Gustavo Adolfo Pérez Peña, conocido como “El Montañero”, ha manifestado desde su salida de prisión que quiere trabajar decididamente para que haya paz en Medellín, en el Valle de Aburrá, en Antioquia, en Colombia.

El jueves 14 de marzo de 2024, un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad consideró procedente y legal, una vez satisfechos los presupuestos normativos, concederle el beneficio de la libertad condicional.

En Colombia, la libertad condicional se concede a la persona que: (i) haya concluido las tres quintas partes de la pena; (ii) haya demostrado buen desempeño y comportamiento en el centro de reclusión; y (iii) que demuestre arraigo familiar y social.

Así lo estipula el Código Penal en el artículo 64. Adicionalmente, esa persona no debe tener procesos pendientes o medidas vigentes. El recluso que cumpla con estas condiciones que contempla la ley, tendrá acceso al derecho fundamental de la libertad.

Sin embargo, a muchos no les gustó esa decisión legal. Desde la institucionalidad se apeló la decisión, se pidió que se revisaran esta clase de determinaciones y que se realizaran estrictas labores de inteligencia, para no caer en el error de nombrar a estas personas como gestoras de paz, con capacidad de llevar una doble vida: en la criminalidad y hablando de paz permanentemente.

Cabe aclarar que Pérez Peña no ha sido nombrado gestor de paz ni está solicitando serlo. Actualmente es integrante del Equipo de Voceros de las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto de Medellín y el Valle de Aburrá, reconocido como tal en el artículo 1 de la Resolución 139 del 29 de mayo de 2023, de la Presidencia de la República, que lo habilitó para participar en el Espacio de Conversación Sociojurídico de Construcción de Paz Urbana, con los representantes autorizados por el Gobierno Nacional, que tiene lugar en la Cárcel y Penitenciaría de Alta y Media Seguridad La Paz, de Itagüí.

Asimismo, en un comunicado dado a conocer el pasado martes 2 de abril de 2024, Pérez Peña aseguró que sus actividades actuales y futuras están y estarán enmarcadas dentro de la consecución de la paz como deber y derecho de obligatorio cumplimiento, tal como lo dispone la Constitución Política en su artículo 22 y como respuesta a quienes han planteado dudas sobre sus actividades por fuera de la cárcel de Itagüí. “Quienes me conocieron en el pasado y me conocen en el presente saben que siempre honro mi palabra”, manifestó en el escrito.

Quienes están en contra de su salida de prisión también han señalado que en su contra existe una investigación en curso. Empero, precisamente se trata de la etapa investigativa, la cual no ha arrojado, hasta el momento, elementos materiales probatorios que permitan realizar una acusación formal. La presunción de inocencia se aplica a todas las personas residentes en el país.

Valga decir que Pérez Peña no ha consumado totalmente su condena. El 26 de octubre de 2019 fue capturado en una finca del municipio de Aranzazu, Caldas. Fue judicializado y, tras allanarse, condenado el 26 de junio de 2020 a 8 años de prisión por concierto para delinquir, porte ilegal de armas de fuego y falsedad en documento público. Entre esas dos fechas transcurrieron 1.599 días, que les fueron descontados.

De igual manera, obtuvo 230 días de redención por estudio y trabajo, para un total de 1.829 días, superando los 1.728 días equivalentes a las 3/5 partes de la pena. Está cumpliendo con lo que señala la norma, con lo que dictó el juez y, gracias al mismo Estado que lo condenó, obtuvo un subrogado penal que le permitió el beneficio consignado en el Artículo 64 de la Ley 599 de 2000. No hay fraude allí, no fue un regalo. Ilegal sería retenerlo cuando ya cumple con los requisitos para obtener una libertad condicionada, simplemente es lo que ordena la ley.

Claro está, que esa libertad está supeditada al cumplimiento de ciertos requisitos dentro de un periodo de prueba, que equivale (por lo general) al tiempo que le falte: (i) informar todo cambio de residencia; (ii) observar buena conducta; (iii) reparar los daños ocasionados con el delito; (iv) comparecer ante la autoridad cuando sea requerido; y (v) no salir del país sin autorización. Según su actuar, le será revocada la libertad condicional o será puesto en libertad tras finalizar su condena.

Igualmente, desde otros sectores de la ciudad se escucharon voces que aseguraban que desde la salida de Pérez Peña de la cárcel habían sido encontrados siete cadáveres embolsados en diferentes sitios del Valle de Aburrá. También, que la inseguridad iba a incrementarse desde su puesta en libertad.

Ya lo hemos dicho en el Portal de Noticias Análisis Urbano: No defendemos bandidos, no defendemos criminales, no hacemos apología al delito, nos ajustamos a la norma y a la verdad y trabajamos con investigadores y excelentes periodistas, lo que nos permite afirmar que solo ha aparecido dos personas embolsada en este periodo de tiempo, lo que no significa que el autor de ese hecho sea Pérez Peña. En todo caso, la inseguridad, que tampoco ha aumentado en la subregión, solo demuestra la incapacidad institucional para brindar tranquilidad a los ciudadanos.

El Estado, fiel a su estilo, no cumple con la rehabilitación de las personas privadas de la libertad y sí continúa estigmatizando a los exreclusos, a quienes sigue tratando con desconfianza, señalándolos como a inferiores en la clase social, como a personas no idóneas para reinsertase, como a delincuentes con mejor preparación, como sujetos de rechazo, de oprobio. Son seres humanos que, sí, cometieron errores, pero también debe aplicar para ellos la presunción de la buena fe y, en caso contrario, en caso de mala fe, pues que les caiga todo el peso de la ley.

Proponemos, como parte de la sociedad, que se escuche a Pérez Peña, ¿cuál es su propuesta para la instalación de una Casa de Paz en el Valle de Aburrá?, ¿dónde estaría ubicada?, ¿quiénes la integrarían?, ¿por cuánto tiempo? ¿Cómo conseguir la paz en Medellín y el Valle de Aburrá? ¿Cómo hacer para acoger a los jóvenes en riesgo, en lugar de empujarlos al delito y luego decir que ellos son los responsables de la criminalidad?

Un juez reconoció sus buenos oficios en el Espacio de Conversaciones Sociojurídicas y destacó su conducta buena y ejemplar en el encierro, entonces, ¿por qué lo hostigamos? No, no lo ataquemos. El beneficio se le concedió no desconociendo la gravedad o lesividad de los delitos cometidos, sino reconociendo la preponderancia que tiene el proceso de readaptación y resocialización del interno frente a las funciones de la pena. Mejor ayudemos a mejorar su idea de una paz estable y duradera en el Valle de Aburrá, que dé un nuevo sentido al presente, interpretando de manera distinta el pasado y construir así un mejor futuro para todos.

A.U.