A las propiedades les fueron decretadas medidas cautelares con fines de extinción de dominio.
Fiscalía General de la Nación,
FGN
CALI, COLOMBIA (5 NOV 2024) – La Fiscalía General de la Nación aplicó medidas cautelares de embargo, secuestro y suspensión del poder adquisitivo sobre un apartamento y un parqueadero presuntamente adquiridos con recursos de origen ilícito. Estas propiedades, con un valor estimado superior a los 300 millones de pesos, pertenecerían a Sandra Liliana C. R., presunta integrante de una red delictiva dedicada a realizar trámites fraudulentos para evitar el pago de multas de tránsito en Cali.
La investigación de la Fiscalía, a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, señala que los inmuebles fueron adquiridos con fondos provenientes de actividades fraudulentas que Sandra Liliana habría gestionado mediante un establecimiento de comercio. A través de este, se facilitaron trámites irregulares ante organismos de tránsito para beneficiar a ciudadanos sancionados con multas de tránsito, evitándoles el pago de dichas sanciones.
Además de Sandra Liliana, cinco funcionarios de la Secretaría de Movilidad de Cali han sido judicializados en el caso, acusados de emitir resoluciones revocatorias de multas sin justificación legal y a cambio de pagos ilícitos. Las maniobras de la red impidieron el cobro de 516 multas a 336 infractores de tránsito.
Los bienes afectados fueron ocupados por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y pasarán a disposición de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración, en tanto avanzan los procesos judiciales correspondientes.
A.U.
La información contenida en este artículo de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.