Fiscalía acusó a exdirectivos de Chiquita Brands por nexos con grupos de autodefensas

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Con ocasión de la reciente decisión de la Corte Constitucional, según la cual corresponde a la Fiscalía General de la Nación investigar los delitos cometidos en el marco del conflicto armado por terceros, particularmente los financiadores, la Fiscalía ha dado impulso a esta línea de investigación y en el día de hoy logró avances en el denominado caso de Chiquita Brands.

Los investigadores recaudaron material probatorio sobre los dineros que habría direccionado la empresa Chiquita Brands a través de su filial Banadex y Banacol, para el presunto financiamiento del frente Arlex Hurtado al mando de Raúl Emilio Hasbún Mendoza, alias Pedro Bonito, quien tenía su actividad delincuencial en las zonas de Urabá y Santa Marta.

Las pruebas aportadas demostrarían la participación de directivos y algunos empleados de estas sociedades, ya sea por la toma de decisión, intervención y/o participación en la promoción y financiación del grupo ilegal.

La Fiscal de conocimiento estableció que algunos de los dineros eran entregados directamente y consignados a las cuentas bancarias de una organización creada para apoyar las estructuras armadas ilegales de las autodefensas (AUC).

Investigados
Con base en el recaudo probatorio la Fiscalía dictó resolución de acusación por el delito de concierto para delinquir agravado contra:

Reinaldo Elías Escobar De La Hoz
Luis Germán Cuartas Carrasco
Víctor Julio Buitrago Sandoval
Álvaro Acevedo González
Víctor Manuel Henríquez Velásquez
Javier Ochoa Velásquez
Juan Diego Trujillo Botero
Jorge Alberto Cadavid Marín

Los ciudadanos extranjeros en calidad de posibles autores responsables del delito de concierto para delinquir agravado:

Dorn Robert Wenninger – Estados Unidos
John Paul Olivo – Estados Unidos
Charles Dennis Keiser – Estados Unidos
José Luis Valverde Ramírez – Costa Rica
Fuad Alberto Giacoman Hasbún – Honduras
En la misma decisión se ordenó precluir la investigación adelantada contra Gloria Andrea Cuervo Torres por el delito de concierto para delinquir agravado.

Adicionalmente, se estableció que la conducta de concierto para delinquir agravado investigada es delito de Lesa Humanidad y, por ende, es imprescriptible.