La CorteIDH condena al Estado de Paraguay por las torturas a un inspector de la Policía

FECHA:

San José, 28 de julio de 2023.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este viernes al Estado de Paraguay por las torturas sufridas por el inspector de Policía Jorge Luis López Sosa, en 2000, en el contexto de un intento de golpe de Estado en ese país.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, indicó en la sentencia notificada a las partes, que el Estado de Paraguay es responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial.

El caso se enmarca en un intento de golpe de Estado en Paraguay con el fin de deponer al entonces presidente, Luis Ángel González Macchi. Según explica la demanda, López fue sometido a dos procedimientos por su alegada participación.

Por un lado, se inició un procedimiento disciplinario policial y al mismo tiempo se inició un procedimiento penal. El primero culminó con la atribución de una falta grave y la víctima fue sancionada con la baja del servicio. El segundo finalizó con la absolución y su reincorporación a la Policía Nacional.

«La Corte concluyó en el presente caso que la detención del señor López Sosa efectuada en el marco del procedimiento disciplinario policial seguido contra él no cumplió con los estándares convencionales de legalidad, de ser informado de las razones de su detención y de los cargos formulados ni fue sujeta al debido control judicial», explica el Tribunal internacional.

Además, la Corte consideró que el maltrato infligido a López por parte de agentes estatales fue intencional, le produjo severos sufrimientos físicos y psíquicos y, además, se realizó con el objetivo de obtener de él una confesión sobre su alegada participación y la de otros compañeros en el fallido golpe de Estado.

«Las falencias ocurridas en el marco de la investigación iniciada a raíz de la denuncia interpuesta por la víctima, así como del incumplimiento con el plazo razonable del proceso penal que, actualmente, mantienen los hechos de tortura sufridos por el señor López Sosa en impunidad, evidencian una manifiesta denegación de justicia a la víctima», indica la sentencia.

El Tribunal internacional ordenó al Estado de Paraguay diseñar e implementar programas de capacitación para cuerpos de seguridad, jueces y fiscales sobre los estándares interamericanos en materia de prohibición, prevención e investigación de actos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de daño material e inmaterial.

La CorteIDH forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países del hemisferio que han reconocido su jurisprudencia.

EFE

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